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Cómo darse de baja como autónomo (cese de actividad)

Cómo darse de baja como autónomo

Si un autónomo decide cesar en su actividad o cerrar su negocio debe realizar una serie de trámites tanto con Hacienda como con la Seguridad Social a fin de evitar que estos organismos le sigan reclamando las obligaciones que tenía cuando estaba de alta.

La baja como autónomo es el procedimiento que extingue las obligaciones legales propias de estos profesionales. Para que todo sea correcto hay que hacerlo siguiendo unos trámites y cumpliendo los plazos establecidos.

La baja puede producirse en cualquier momento, pero para que sea efectiva es imprescindible que el autónomo esté al corriente de pago con la Administración.

Baja en la Seguridad Social

La tramitación se hace a través del Modelo TA.9521 y en la actualidad se puede hacer online. A diferencia de lo que ocurría hasta hace unos años, ahora el autónomo que se da de baja como tal solo tiene que pagar cotizaciones por los días que haya estado de alta en su último mes de actividad.

Este trámite debe hacerse en los tres días naturales siguientes al cese de la actividad. Si no se cumple el plazo, la baja no será efectiva hasta el primer día del mes siguiente a la presentación de la petición.

También existe la posibilidad de solicitar la baja anticipadamente hasta 60 días antes del fin de la actividad.

Baja en Hacienda

Este trámite también se puede hacer ya de forma telemática. Si el autónomo estaba de alta en varios epígrafes, se debe comunicar la baja en todos. Para ello se utilizan los formularios 036 o 037.

¿Qué ocurre tras la baja?

Una vez efectuados los trámites, el ex autónomo deberá presentar las declaraciones trimestrales y anuales que correspondan para dar por liquidada su actividad por cuenta propia. No hacerlo es una infracción tributaria de la que se derivan sanciones.

Si el interesado ha cotizado durante al menos 12 meses por cese de actividad puede pedir la prestación correspondiente, la que se conoce como el "paro de los autónomos”.

Además, hay que tener en cuenta que no siempre la baja es definitiva. Con la nueva legislación el autónomo puede solicitar la baja hasta tres veces por cada año natural, pero los trámites son los mismos en cualquier caso.
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