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Protocolo contra el acoso sexual y acoso por razones de sexo

Protocolo contra el acoso sexual en la empresa

El protocolo contra el acoso sexual en la empresa tiene por objetivo prevenir este tipo de situaciones o indicar las pautas para su correcta gestión cuando se produzcan.

Todas las empresas, independientemente del número de trabajadores que tengan, deben tener un protocolo de prevención contra el acoso sexual y por razones de sexo.

La prevención se puede realizar, entre otras acciones, mediante:

  • Actuaciones de sensibilización: folletos, jornadas, charlas, etc.

  • Redacción de códigos de conducta: redactar y difundir ampliamente en la empresa una declaración negociada con los representantes de los trabajadores indicando el rechazo expreso a cualquier tipo de discriminación o acoso, y las medidas que se tomarán al respecto.

  • Formación: impartir cursos en materia de igualdad o sobre el acoso a toda la plantilla, pero especialmente a las personas con responsabilidades concretas en el área.

En cuanto a las actuaciones contra los actos de acoso, se debe facilitar la denuncia de los casos (la denuncia puede efectuarse por la persona afectada o por terceras personas que tengan conocimiento de los hechos), así como la actuación rápida, efectiva y correcta de la empresa para poner fin al acoso y actuar contra él.

La vigencia de estos protocolos será permanente. La gestión de las acciones recogidas en dicho protocolo (tanto su seguimiento, como el tratamiento de las denuncias) se realizará por un comité designado por la empresa o, en su defecto, por el departamento de recursos humanos.

Las consecuencias para los trabajadores que cometan este tipo de infracciones, dependiendo de la gravedad del asunto, pueden ir desde la inhabilitación, al traslado, la suspensión de empleo y sueldo o, incluso, el despido disciplinario.

En el caso de que la empresa no tome estas medidas para la prevención y actuación contra el acoso sexual y acoso por razones de sexo, se considerará que está cometiendo una infracción en materia de prevención de riesgos laborales.

Diferencia entre acoso sexual y acoso por razones de género

El acoso sexual se define como el hostigamiento de una persona hacia otra con objetivos sexuales. Suele manifestarse, entre otras formas, en actitudes físicas o verbales ofensivas.

Por su lado, el acoso por razones de sexo es el acoso continuo de una persona a otra con el fin de perjudicarla laboral, física o psicológicamente, por cuestiones relativas a su sexo. Todas las personas pueden ser víctimas de este tipo de acoso, pero existen grupos de alto riesgo, como mujeres embarazadas, madres solteras, etc. Este tipo de acoso se suele manifestar en acciones como denegar permisos o licencias, exigir tareas excesivas o absurdas, utilizar el humor con fines discriminatorios, etc.

Tipos de acoso

Podemos diferenciar 3 tipos de acoso:

  • Acoso verbal: consiste en el empleo de violencia verbal con el uso de palabras malsonantes u obscenas. También el uso de la palabra para denigrar, humillar o trastornar a la persona.

  • Acoso no verbal: consiste en empleo de gestos obscenos y miradas lascivas, así como el envío de correos, notas o cartas con contenidos que sugieran proposiciones sexuales o sexualmente ofensivos.

  • Acoso de carácter físico: consiste en tener contacto físico de forma deliberada con la otra persona sin su consentimiento, o atosigar físicamente aunque no haya contacto (por ejemplo, arrinconar, acorralar, etc.).

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