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Proponen la creación de la figura del autónomo de responsabilidad limitada

A fin de regular y agilizar el sector empresarial nuestro Código Mercantil diferencia entre entidades mercantiles de responsabilidad anónima (S.A.), de responsabilidad limitada (S.L.) y de responsabilidad limitada unipersonal (S.L.U.)

Este tipo de figuras permiten salvaguardar el patrimonio personal del empresario respecto a su actividad empresarial, opción que no tienen aquellos profesionales que en lugar de montar una sociedad mercantil deciden operar en el mercado a través de la figura del autónomo.

En la actualidad se está elaborando el proyecto de Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo y de la Economía Social y desde la Federación de Organizaciones de Profesionales Autónomos y Emprendedores (OPA) se ha propuesto la creación de la figura del autónomo de responsabilidad limitada en la nueva legislación.

De crearse, esta figura daría lugar a un nuevo tipo de trabajador autónomo con una regulación muy similar a la que tiene en la actualidad la sociedad limitada unipersonal y que permitiría que el autónomo que se acogiera a esta modalidad no tuviera que responder con todo su patrimonio personal por las deudas que contraiga en el ejercicio de su profesión, sino que responda únicamente con los bienes profesionales.

Desde la OPA destacan que existe una gran desproporción entre la actual regulación de los trabajadores autónomos y los emprendedores que se acogen al régimen de sociedades limitadas. Para esta organización un cambio de esta magnitud en la legislación daría lugar a la aparición de un mayor número de emprendedores y a una mayor transparencia de la actividad de los autónomos.

La propuesta de la OPA recoge los siguientes puntos o requisitos: el autónomo deberá inscribirse obligatoriamente en el Registro Mercantil como autónomo de responsabilidad limitada; deberá constituir un aval por una cantidad mínima y en sus facturas y otros documentos en los que haga uso de su nombre deberán aparecer las siglas ARL para indicar que se trata de un Autónomo de Responsabilidad Limitada.

Cumpliendo estos requisitos el autónomo de responsabilidad limitada sólo respondería frente a las deudas derivadas de su actividad profesional como los bienes o derechos que procedan de su actividad profesional y únicamente responderá con su patrimonio personal cuando así lo establezca una resolución judicial.

El objetivo de la OPA es que la nueva legislación pueda beneficiar no sólo a los nuevos autónomos sino también a aquellos que ya ejercen su actividad profesional acogidos al RETA, de forma que tras formalizar su inscripción como trabajadores autónomos de responsabilidad limitada no tengan que responder de sus deudas profesionales con su patrimonio personal desde el momento de la inscripción.

Además de esta medida desde la OPA se han propuesto otras medidas para mejorar la situación actual de los autónomos, entre ellas reducir el IVA de los servicios prestados por autónomos de un 21% a un 10%; ubicar en el régimen general a los trabajadores autónomos económicamente dependientes; posibilidad de jubilación anticipada para los autónomos con más de 42 años cotizados; equiparar las prestaciones por desempleo de los autónomos con las de los trabajadores por cuenta ajena y mayores sanciones para quienes incumplan la Ley de Morosidad.

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