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Kit Digital - Convocatoria de ayudas al segmento III

El Kit Digital, también conocido como bono digital, ha sido una de las ayudas más destacadas para autónomos y pymes del año 2022, y estará disponible también durante 2023.

A fin de poder atender mejor las peticiones, se decidió repartir el dinero a través de tres convocatorias diferentes, que agrupan a los beneficiarios en función de su número de empleados. La última convocatoria en hacerse pública ha sido la destinada al segmento III, que engloba a autónomos y pequeñas empresas que tengan entre ninguno y tres empleados.

El plazo para presentar las solicitudes se abrió el pasado 20 de octubre y estará abierto durante 12 meses, lo que significa que los autónomos pueden presentar su solicitud de ayuda del Kit Digital hasta el 20 de octubre de 2023.

Requisitos para poder solicitar el Kit Digital en el segmento III

  • Ser empresa, microempresa o autónomo con domicilio fiscal en España.
  • Tener entre cero y tres empleados.
  • Inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de pago tanto con Hacienda como con la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a orden de recuperación pendiente de una ayuda ilegal e incompatible según la Comisión Europea.
  • No estar en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • No haber superado el límite de ayudas de minimis.
  • Hacer la evaluación del Nivel de Madurez Digital a través del test facilitado en la web Acelera Pyme.

Importe de la ayuda

En este tercer segmento la cuantía por beneficiario se limita a 2.000 euros. No es necesario gastar todo el bono en un mismo concepto, se pueden contratar con él diferentes soluciones. Lo que no es posible es contratar más de un servicio dentro de la misma categoría de soluciones.

Estas son entre las que se puede elegir:

  • Sitio web y presencia en Internet.
  • Comercio electrónico.
  • Gestión de redes sociales.
  • Gestión de clientes.
  • Business Intelligence y Analítica.
  • Gestión de procesos.
  • Factura electrónica.
  • Servicios y herramientas de oficina virtual.
  • Comunicaciones seguras.
  • Ciberseguridad.
  • Presencia Avanzada en Internet.
  • Marketplace.

¿Cómo se solicita el Kit Digital?

Toda la gestión se hace online a través de red.es, y una de las novedades es que no es necesario aportar documentación, porque el solicitante puede autorizar a la Administración a consultar de oficio que cumple con los requisitos y condiciones exigidas para poder acceder a la ayuda. 

Lo que tiene que hacer el interesado es elegir la solución de digitalización que desea y seleccionar a un agente digitalizador para que se encargue de prestarle el servicio. Es importante tener en cuenta que el agente elegido debe ser de los que constan dentro del listado propuesto por la Administración.

Ambas partes formalizan una propuesta de acuerdo de prestación de soluciones de digitalización, y es entonces cuando el autónomo puede pedir la ayuda. Una vez que el bono digital ha sido concedido, hay un plazo de seis meses para formalizar el acuerdo de prestación del servicio.

Las peticiones del Kit Digital se van atendiendo según el orden de llegada de las mismas, de ahí la importancia de solicitar la ayuda lo antes posible, ya que no se concederán más bonos una vez que la dotación presupuestaria se haya agotado.

El bono se concede de forma directa y esto se notifica a través de la Sede Electrónica de red.es, aunque también se comunica de manera individual a los beneficiarios. 

El autónomo no recibe el dinero, sino que la Administración se encarga de pagar la factura emitida por el agente digitalizador. Pero hay algo importante que se debe tener en cuenta: la ayuda no cubre el importe del IVA, por lo que los impuestos asociados a la prestación de la solución de digitalización deben ser cubiertos por el contratante de la misma.

Presentación mediante representante

En aras de facilitar el acceso al Kit Digital de los autónomos y las pymes, se ha previsto que puedan realizar la gestión de solicitud a través de un representante. Esto implica que cualquier tercero, sea una persona o una entidad jurídica, puede solicitar la ayuda a cuenta de la pyme o el autónomo si está debidamente autorizada para ello.

En Red Autónomos ofrecemos el servicio de representante voluntario para nuestros asociados, haciendo las gestiones necesarias para que puedan acceder al bono digital sin tener que preocuparse por nada ni hacer gestiones. ¿Quieres que te ayudemos con este tema? Rellena nuestro formulario y contacta con nosotros, estaremos encantados de atenderte.

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