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El plan de igualdad en la empresa

El plan de igualdad en la empresa

El Real Decreto-Ley 6/2019 de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación supuso la obligación, para todas las empresas de más de 50 trabajadores, de elaborar un plan de igualdad.

Aunque estos cambios se van a implementar de forma progresiva:

  • A partir del 7 de marzo de 2020 deben tener plan de igualdad todas las empresas cuya plantilla supere las 150 personas.

  • A partir del 7 de marzo de 2021 deberán tenerlo las empresas de entre 100 y 150 trabajadores.

  • A partir del 7 de marzo de 2022 todas las empresas que tengan 50 o más trabajadores deberán contar ya con un plan de igualdad.

¿Qué es un plan de igualdad?

Los planes de igualdad son un conjunto de medidas establecidas para una empresa en concreto, a través de las cuales se busca alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, con la finalidad de acabar con al discriminación por razón de sexo. Para ello es necesario que cada empresa analice su situación interna y, en base a ella, determine qué medidas debe adoptar.

¿Quién tiene que implantar obligatoriamente un plan de igualdad?

Tal y como se ha señalado anteriormente, los cambios en esta materia implican que a partir del 7 de marzo de 2022 todas las empresas que tengan una plantilla de 50 o más trabajadores deban contar con un plan de este tipo. No obstante, implantar estas normas también será obligatorio en aquellas empresas en las que así lo disponga el Convenio Colectivo de aplicación, con independencia del número de trabajadores que tengan.

En cualquier caso, este conjunto de medidas tendrán el mismo carácter vinculante que el reconocido legalmente a convenios colectivos y pactos negociados.

¿Cuál es el contenido básico de un plan de igualdad?

El contenido concreto del plan de igualdad dependerá de las circunstancias propias de cada empresa y será fruto de un proceso de negociación. Pero es imprescindible que en este documento consten:

  • Los objetivos que se quieren alcanzar.

  • Las diferentes medidas y estrategias a llevar a cabo. El contenido mínimo obligatorio deberá hacer referencia a: procesos de selección y contratación, clasificación profesional, formación, promoción profesional, condiciones de trabajo, conciliación, infrarrepresentación femenina, retribuciones, prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo.

  • Medidas para evaluar el cumplimiento de los objetivos.

Redacción del plan de igualdad

Los objetivos y medidas adoptadas deben derivar de la negociación entre todos los miembros de la empresa, esto incluye tanto a la plantilla como a los representantes legales de los trabajadores y al empresario.

Desde el ámbito estatal se ha puesto en marcha un servicio de asesoramiento que busca ayudar a las empresas en la elaboración y puesta en marcha de sus planes para conseguir la igualdad. 

Los pasos a dar son los siguientes:

  • Negociación del diagnóstico y del plan de igualdad.

  • Elaboración del diagnóstico por parte de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad.

  • Diseño, aprobación y registro.

  • Ejecución y seguimiento.

  • Evaluación.

Es importante tener en cuenta que, a la hora de redactar el contenido, se debe tener en cuenta la normativa estatal sobre derechos y deberes laborales y las normas en materia de igualdad, pero también la normativa autonómica de igualdad.

Registro del plan de igualdad

La inscripción le corresponde al Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, como autoridad laboral competente. Este paso se puede hacer de forma telemática a través de REGCON.

¿Qué ocurre si se incumple el plan de igualdad?

La Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social tipifica específicamente esta irregularidad como una infracción que puede ser grave o muy grave, lo que conlleva sanciones económicas e incluso la pérdida de ciertos beneficios económicos relacionados con los planes de igualdad.

Seguimiento del plan

Para que las medidas acordadas consigan su objetivo, es necesario que haya un seguimiento de las mismas. A estos efectos se crean comisiones de seguimiento y la figura del agente de igualdad, que se encarga de asesorar, apoyar y formar a la Comisión Negociadora.

Los planes de igualdad tienen ventajas para todos los miembros de la plantilla y para el empresario, de ahí que se busque la máxima implicación de todos en su elaboración y cumplimiento. Todo ello con el objetivo de conseguir una igualdad real en el empleo.

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