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Ayudas para la implantación de sistemas de gestión de calidad y de gestión medioambiental en el sector del transporte público


Ayudas para: Implantación de sistemas de gestión de calidad
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Para la financiación de las ayudas previstas en la presente Orden se destina la cantidad de treinta mil (30.000) euros que proceden de las correspondientes partidas consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Gastos Subvencionables:
a) Gastos de asesoramiento externo realizados en proyectos de implantación de sistemas de gestión de calidad y de sistemas de gestión medioambiental.
b) Gastos ocasionados con motivo de la realización de auditorias de calidad así como los incurridos para obtener la certificación y/o registro de empresas ante los organismos correspondientes.
Plazo para solicitar la ayuda: 7 Octubre 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas o jurídicas legalmente habilitadas que, en cualquier caso, realicen alguna de las acciones subvencionables descritas y que además cumplan los siguientes requisitos: a) Tengan la categoría de pequeña o mediana empresa (PYME), entendiéndose por tales aquellas que cumplan los siguientes requisitos: - Que su plantilla sea inferior a 250 trabajadores. - Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros. - Que no se halle participada directa o indirectamente en un 25% o más del capital o de los derechos de voto, por otra empresa o conjuntamente por varias de ellas que no reúna alguno de los requisitos anteriormente expuestos. Para cualquier otra interpretación de los señalados anteriormente, se tendrá en cuenta lo establecido en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de las pequeñas y medianas empresas o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen. b) Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco. c) Para las personas físicas, sociedades o cooperativas de trabajo asociado, ser titulares en nombre propio de, al menos, una autorización, con un mínimo de 5 copias, con una antigüedad mínima de un año, para el transporte público de mercancías para vehículos pesados o de viajeros en vehículos para más de 9 plazas (incluido el conductor). Se entenderá acreditada la antigüedad mínima de un año si todos los socios la justifican. d) Para las sociedades de comercialización o cooperativas de transportistas, sus socios o cooperativistas habrán de ser titulares de un mínimo de autorizaciones del tipo señalado en el apartado c) de este artículo. e) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. f) Cumplimiento de las obligaciones mercantiles de presentación y depósito de cuentas anuales para aquellas personas que estén obligadas. g) No hallarse sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Trasportes
Ámbito de las ayudas:
País Vasco
Más información: ORDEN de 27 de julio de 2011  ORDEN de 27 de julio de 2011, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se establece un programa de ayudas para la implantación de sistemas de gestión de calidad y de gestión medioambiental en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO del 7 de septiembre de 2011