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Ayudas para el 2014 del Programa de Creación de Empresas Innovadoras. Área 1. Desarrollo de proyectos empresariales innovadores

Ayudas para: Ayudas e incentivos para el año 2014 del Programa de Creación de Empresas Innovadoras. Área 1. Desarrollo de proyectos empresariales innovadores.
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
El porcentaje de subvención de los gastos de desarrollo para los proyectos que obtengan una valoración igual o superior
a 50 puntos, según lo establecido en el artículo 7, será el siguiente:
De 50 a 59 puntos: 50% de subvención.
De 60 a 69 puntos: 60% de subvención.
De 70 a 79 puntos: 70% de subvención.
Con el límite máximo de 40.000 euros.
Los proyectos empresariales que según el artículo 2, apartado 1.3, se consideren prioritarios y obtengan 80 o más puntos tendrán el 80% de subvención, con el límite máximo de 60.000 euros.
De forma excepcional, los proyectos empresariales que debido a sus características sean considerados como de «alto potencial de crecimiento» y obtengan 90 o más puntos, tendrán el 90% de subvención, con el límite máximo de 80.000 euros.
El importe de la subvención será el resultante de aplicar los anteriores porcentajes a los gastos subvencionables y por defecto se redondeará a la baja a la unidad más próxima.

Gastos Subvencionables:
Serán subvencionables los siguientes gastos, siempre que se consideren necesarios para el desarrollo y definición del plan de empresa:
- Estudios de viabilidad del proyecto empresarial y estudios de mercado.
- Prototipos.
- Informes y estudios técnicos específicos.
- Viajes y asistencia a ferias.
- Asesoramiento personalizado en el desarrollo del nuevo proyecto empresarial.
- A propuesta de Beaz, S.A.U., podrán ser subvencionables otros conceptos cuando se consideren necesarios para el desarrollo del proyecto.
Plazo para solicitar la ayuda:
Del 16 de enero al 14 de febrero de 2014
Quién puede solicitar la ayuda:
Las personas físicas promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Las empresas existentes promotoras de nuevas empresas innovadoras.
- Las nuevas empresas innovadoras, que no hayan iniciado su actividad con anterioridad al 1 de enero de 2013, según fecha de alta en el IAE. Dichas empresas deberán estar constituídas como Sociedad Mercantil o Cooperativa.
- Las siguientes entidades que sean promotoras de nuevas empresas innovadoras: los centros tecnológicos, centros de formación profesional y otras entidades sin ánimo de lucro que desarrollen prioritariamente actividades de I+D.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Diputación Foral de Bizkaia
Ámbito de las ayudas:
Vizcaya (País Vasco)
Más información: Boletín Oficial de Bizkaia número 235 de 10 de diciembre de 2013.