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Contrato Indefinido para personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales (Bonificado)

Requisitos del trabajador:
- Ser discapacitado con un grado igual o superior al 33% reconocido por el organismo competente, o tener reconocida una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o tener reconocida una pensión de clase pasiva por jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.
- Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
1. Personas con parálisis cerebral, o enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
2. Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 65%.
3. Mujeres con discapacidad, no incluidas en los párrafos anteriores, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.
- No haber estado vinculado a la empresa, grupo de empresas o entidad, mediante un contrato indefinido, en los 24 meses anteriores; o mediante un contrato temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación, en los 6 meses anteriores.

Requisitos de la empresa:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Ser empresa colaboradora y reunir los requisitos establecidos en el R. D. 290/2004, de 20 de febrero (B.O.E. de 21 de febrero).
- Mantener la estabilidad del trabajador durante un periodo mínimo de 3 años. En caso de despido procedente, deberá ser sustituido por otro trabajador discapacitado.
- La empresa que extinga o haya extinguido relaciones laborales bonificadas mediante despido improcedente o despido colectivo quedará excluida durante 12 meses de las ayudas (bonificaciones) contempladas.
- En lo no previsto en el R.D. 290/2004, de 20 de febrero, será de aplicación a las empresas colaboradoras y a estos contratos el régimen sobre requisitos y exclusiones, así como de obligaciones aplicable a las ayudas reguladas en el R. D. 1451/83, de 11 de mayo, modificado por el R.D. 170/2004, de 30 de enero.

Formalización:
Deberá formalizarse por tiempo indefinido, a jornada completa o parcial, por escrito mediante el modelo oficial PE-205,  acompañado del certificado de minusvalía. Se comunicará al INEM en los 10 días siguientes a su concertación.

Bonificaciones:
- Subvención para contrato realizado con un trabajador del colectivo 1 o 2:
- 7814 € por cada contrato a jornada completa y la parte proporcional para los contratos a jornada parcial.
- La correspondiente para adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras según lo establecido en el R.D. 1451/83, de 11 de mayo, modificado por el R. D. 170/2004, de 30 de enero.
- Subvención para contrato realizado con un trabajador del colectivo 3:
- 3907 € por cada contrato a jornada completa y la parte proporcional para los contratos a jornada parcial.
- La correspondiente para adaptación de puesto de trabajo y eliminación de barreras según lo establecido en el R.D. 1451/83, de 11 de mayo, modificado por el R. D. 170/2004, de 30 de enero.
- Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social para contrato a jornada completa:
- Si el trabajador no tiene discapacidad severa:
- Menores de 45 años: hombres 4500 €/año, mujeres 5350 €/año.
- Mayores de 45 años: hombres 5700 €/año, mujeres 5700 €/año.
- Si el trabajador sí tiene discapacidad severa:
- Menores de 45 años: hombres 5100 €/año, mujeres 5950 €/año.
- Mayores de 45 años: hombres 6300 €/año, mujeres 6300 €/año.
- Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social para contrato a jornada parcial:
- Lo que corresponda según lo dispuesto en el artículo 2.7 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, según redacción dada por el artículo 6.2 de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre (B.O.E. de 31 de diciembre).

Extinción del contrato:
Estos contratos se podrán acoger a la reducción de la indemnización por despido a 33 días de salario por año trabajado y hasta un máximo de 24 mensualidades.
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