En este momento se desaconsejan nuevas demandas para reclamar por el Cartel del Euríbor.
La jurisprudencia y otras cuestiones de índole jurídica están haciendo que el proceso se complique, por ello no recomendamos más reclamaciones hasta que recaigan sentencias favorables.
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RECLAMACIÓN CONTRA EL CÁRTEL DEL EURIBOR
La manipulación del “Euribor” por parte de 7 bancos europeos ha dado lugar al denominado “Cártel del Euribor”. Estos bancos modificaron, de manera intencionada, el tipo interés asociado al Euribor entre el 29 septiembre de 2005 y el 30 de mayo 2008.
Esto ha supuesto un incremento en el pago de las cuotas de todas aquellas personas o empresas de cualquier producto financiero referenciados al Euribor, estén o no cancelados actualmente.
Por ello se abre una vía de reclamación judicial a los afectados que tuvieran un producto referenciado al “Euribor” durante ese período, solicitando acción de indemnización de daños contra los bancos infractores, por la infracción del acuerdo ilícito, causándole un perjuicio económico al pagar más importe del que le hubiera correspondido de no haberse constituido el cártel.
Por tanto, no se discute si procede o no la reclamación, ya que esto ya ha sido ratificado en el Diario Oficial de la Unión Europea, (30 de junio de 2017 y 8 de abril de 2019) sino a cuánto asciende la misma.
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