El real decreto 395/2007 que regula el subsistema de formación profesional para el empleo estableció la creación de ciertas cuantías subvencionables en las empresas que invirtiesen en la formación de sus trabajadores.
Estas cuantías subvencionables se denominan crédito formativo y dependen del número de trabajadores que tenga la empresa y de las aportaciones realizadas a la Seguridad Social.
Existe un crédito mínimo asignado para todas las empresas o autónomos con trabajadores a su cargo: 420€.
Con la formación bonificada, las empresas pueden deducirse en el pago de las cuotas a la seguridad social por sus trabajadores las cantidades invertidas en formación, en los siguientes porcentajes:
- 100% empresas de 1 a 9 trabajadores
- 75% empresas de 10 a 49 trabajadores
- 60% empresas de 50 a 249 trabajadores
- 50% empresas de más de 250 trabajadores.
Pasos a seguir para realizar formación bonificada
De forma general, se pueden establecer 10 pasos a seguir para llevar correctamente a cabo acciones de formación bonificada en la empresa y poder bonificarlas correctamente. Son los siguientes:
Necesidades formativas
Lo primero que tenemos que tener claro es cuáles son las necesidades de formación en la empresa, pues las acciones formativas tienen que estar relacionadas con la actividad empresarial. Es decir, para poder acceder a este tipo de formación subvencionada, tiene que haber una relación directa entre la formación que se desea realizar y la actividad económica que desarrolla o va a desarrollar la empresa.
Dos tipos de formación
Hay dos tipos de formación susceptibles de ser subvencionada: las acciones formativas relacionadas con la actividad empresarial y los permisos individuales de formación (el trabajador puede solicitar permiso al empresario para asistir durante su jornada laboral a clases que conduzcan a la obtención de una titulación oficial).
Formación en la empresa
Hay tres maneras de organizar la formación de nuestra empresa:
La empresa puede organizar su propia formación (autogestión de la formación bonificada).
La empresa puede contratar a una entidad organizadora externa para llevar a cabo esta tarea
Si la empresa pertenece a un grupo empresarial, cualquiera de las empresas de este grupo puede organizar la formación.
¿Cómo se calcula el crédito de la empresa?
El crédito de la empresa se calcula en función de la cuota de formación profesional que haya ingresado en el año inmediatamente anterior y en función de la plantilla media que haya tenido durante dicho período. En el caso de que la empresa pertenezca a un grupo empresarial, cada una de las empresas del grupo puede disponer de la totalidad del crédito del grupo empresarial con el límite del 100% de su cuota.
Todas las empresas, tanto pymes como autónomos con trabajadores a su cargo, disponen de un crédito mínimo de 420€ cada año.
Informar a la Representación Legal de los Trabajadores
La empresa debe informar al representante de los trabajadores de las acciones formativas a realizar, así como quedarse con constancia documental de que ha informado a la representación sindical, de tal manera que si desde Fundae se hace un requerimiento, la empresa pueda acreditar que se han seguido los pasos estipulados.
Comunicar el inicio de la formación
Una vez que hemos cumplido los pasos anteriores, se ha de comunicar el inicio de la formación a Fundae. Esta comunicación de inicio hay que hacerla siete días antes de que empiece el curso. Se ha de informar sobre la fecha, lugar, horarios, etc. Estos datos se pueden modificar hasta cuatro días antes del comienzo del curso.
Asistencia de los trabajadores
La formación bonificada tiene que ser completamente gratuita para los participantes. No es gratuita para la empresa, aunque puede bonificarse por ella, en algunos casos, hasta el 100% de los costes.
Los cursos tienen que tener como mínimo una duración de dos horas. Los trabajadores pueden dedicar a la formación un máximo de ocho horas al día.
Seguimiento y control
Durante la ejecución de los cursos se pueden producir actuaciones de seguimiento y control de las administraciones públicas. Estas actuaciones son en tiempo real, es decir, los inspectores pueden visitar las empresas sonde se realizan los cursos, realizar entrevistas a participantes y formadores, etc. Estas actuaciones están encaminadas a evitar el fraude en la gestión de los fondos destinados a formación bonificada y se revisa que lo que realmente se ejecuta corresponde con lo comunicado a través de la aplicación a Fundae.
Comunicación de finalización
Se está obligado también a comunicar la finalización de la formación. En esta comunicación se debe indicar los participantes que han finalizado los cursos. Se considera que han finalizado los cursos aquellos participantes que han realizado al menos el 75 % de las horas en modalidad presencial y el 75% de los controles de aprendizaje en teleformación.
Aplicar la bonificación en el Sistema Red de la Seguridad Social
Una vez comprobado que se ha hecho todo correctamente, se procede a aplicar las bonificaciones correspondientes. Las bonificaciones se pueden aplicar desde el mes de finalización de la formación y hasta el 31 de enero del año siguiente a la realización del curso.
Si la empresa ha organizado su propia formación, en el cómputo total puede aplicar costes directos e indirectos. Si la formación la ha contratado a través de una entidad organizadora externa, además, puede imputar costes de organización.