91 197 67 48    hola@redautonomos.es

Banner evento ponferrada 250 500 px

Hacerse autónomo y cobrar el paro

Hacerse autónomo y cobrar el paro

La primera vez que se contempló la posibilidad de cobrar el paro y hacerse autónomo fue en el Real Decreto-ley 4/2013, que incluyó entre las medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, la “compatibilización de la prestación por desempleo con el alta de autónomo para menores de 30 años”.

La Ley para el Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social de 2015, eliminó el requisito de la edad e hizo accesible este derecho a tod@s los autónom@s salvo unos pocos casos concretos.

¿Quién no puede cobrar el paro y hacerse autónomo?

  • Las personas cuyo último trabajo ha sido como autónomo.

  • Las personas que se han acogido al pago único de la prestación por desempleo en los dos años inmediatamente anteriores al nuevo alta como autónom@.

  • Las personas que se dan de altas como autónomos y suscriben contratos mercantiles con la última empresa o empleador que han tenido cuando eran trabajadores por cuenta ajena.

Asesoría profesional para pymes y autónomos

Cuándo y cómo solicitar la compatibilidad

La solicitud se ha de realizar en la oficina de empleo o a través de la sede electrónica del SEPE en el plazo de 15 días tras la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia. Es muy importante cumplir con este plazo, pues se pierde el derecho a la prestación si se solicita fuera de plazo.

Características de la compatibilización de la prestación por desempleo con el alta de autónomo

El importe a percibir es el 100% del que se tenga derecho a percibir, pero el plazo máximo durante el cual se puede compatibilizar es de 9 meses. Es decir, si se han acumulado más de 9 meses, solo se cobrará durante 9 meses, y si se han acumulado menos, por ejemplo, 3 meses, solo se cobrará durante esos 3 meses.

El cobro de la prestación por desempleo y hacerse autónom@ es compatible con la tarifa plana para autónomos.

El trabajador autónomo estará exento de cumplir con las obligaciones que tenía como demandante de empleo (cursos, búsqueda activa de empleo, etc) durante el tiempo que compatibilice ambas situaciones.

Volver a trabajar por cuenta ajena, ya sea a tiempo completo o parcial, supone el fin de la compatibilización.

Si el autónomo cesa la actividad antes del noveno mes, puede reanudar el cobro de la prestación que le quedase pendiente.

Al compatibilizar el paro con ser autónomo, si tras el cese como autónomo se tuviera derecho a la protección por cese de actividad (paro de autónomos), se podrá elegir entre la nueva prestación o continuar cobrando la que quedó suspendida.

Banner evento networking ponferrada 250 500 px
 

Te interesa:

Así es la oficina perfecta para teletrabajar

La llegada de la pandemia ha convertido el teletrabajo en algo mucho más habitual de lo que lo era hace…

Auditoría energética en la empresa

La finalidad de la auditoria energética dentro de la empresa es la de realizar un estudio que identifique el gasto…

Obligación de emitir facturas y excepciones

La factura es el documento que refleja la operación que devenga la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)…

TRADE: Trabajador autónomo económicamente dependiente

La figura del trabajador autónomo económicamente dependiente (llamado de forma abreviada TRADE o TAED) se recoge por primera vez en…

IVA en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca

El régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca se aplica a los titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o…

Eficiencia energética en el sector de la construcción

La eficiencia energética es la reducción del consumo de energía sin disminuir los servicios energéticos, es decir, sin reducir el…