Para muchos autónomos sufragar mes a mes el pago de la cotización a la Seguridad Social no es nada fácil. Si a ello se le suma que en algunos sectores la actividad baja durante la época estival, no es extraño que los profesionales por cuenta propia opten por darse de baja en el RETA durante las semanas que no están trabajando.
Sin embargo, causar baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos también supone perder el acceso a ciertos derechos, por lo que hay que evaluar muy bien la situación antes de tomar una decisión.
Se pierde la tarifa plana
En el caso de trabajadores por cuenta propia que estén disfrutando de la tarifa plana, si optan por darse de baja en verano cuando retomen su actividad ya no tendrán derecho a esta ayuda y tendrán que cotizar por la base que elijan, estando ahora mismo la cuota mínima por encima de los 280 euros mensuales.
Si además se tiene derecho a algún otro tipo de bonificación de Seguridad Social, estos derechos también se pierden.
Se interrumpen los plazos para coberturas sociales
El pago de las cotizaciones a la Seguridad Social implica que el autónomo tiene derecho a recibir prestaciones públicas en caso de llegar a necesitarlas. Es el caso de las prestaciones por incapacidad temporal, por maternidad, por cese de actividad e incluso la jubilación.
Durante el tiempo en el que el profesional permanece de baja en el RETA no está cotizando, por lo que está dejando de sumar tiempo al período de carencia que se exige para acceder a este tipo de prestaciones. De este modo, si llega a necesitarlas en el futuro, se puede encontrar con que tiene cotizado menos tiempo del que esperaba y no puede disfrutar de ellas.
Pérdida de la prestación extraordinaria por cese de actividad
Los autónomos que hayan estado cobrando la prestación extraordinaria por cese de actividad acordada a raíz del confinamiento hasta junio y que ahora están de vuelta a su actividad, pero sufran un descenso en la facturación del 75% o más durante los meses de julio, agosto y septiembre, pueden acceder a la nueva ayuda para autónomos aprobada por el Gobierno.
Pero uno de los requisitos clave para poder acceder a ella es estar de alta en la Seguridad Social y tener cotizados de forma ininterrumpida al menos 12 meses por cese de actividad. Esto implica que si este verano un autónomo se da de baja del RETA y vuelve a darse de alta unas semanas después, no podrá acceder a esta ayuda.
Un ahorro que puede salir muy caro
Un trabajador por cuenta propia que se da de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante los meses de verano para ahorrarse las cotizaciones cuando no está trabajando, pierde derechos muy importantes.
Por eso, esta decisión no debe tomarse a la ligera. Es algo que hay que meditar muy bien, ya que en muchos casos compensa hacer un esfuerzo y seguir cotizando en estos meses complicados.
Lo que sí pueden hacer aquellos autónomos que no están cotizando por la base mínima es hacer un cambio en su cotización durante estos meses y reducir su base. Así se garantizan que van a seguir cotizando y conservando sus derechos, pero el desembolso que tendrán que hacer será menor.