91 197 67 48    hola@redautonomos.es

ahorra-en-contratacion-de-personal
Banner Lotería 2025 ¿y si nos cae el gordo?

Consecuencias de no pagar la cuota de autónomo

¿Qué pasa si no pago la cuota de autónomos?

No pagar en plazo las cuotas de autónomo (o la seguridad social de los trabajadores del régimen general) conlleva un recargo del 10% el primer mes y del 20% los restantes, que puede incrementarse además con intereses de demora si la reclamación entra en periodo ejecutivo, y derivar en embargo de bienes si no se salda la deuda.

Se considera una infracción muy grave el no ingresar en plazo y forma las cuotas correspondientes a la Seguridad Social. Incluso podría ser considerado delito si la cuantía impagada de las cuotas supera la cifra de 50.001€ en cuatro años (teniendo en cuenta tanto los importes de las cuotas no ingresadas, como los recargos de demora e intereses).

A corto plazo, además, es muy importante no dejar de pagar la cuota de la seguridad social de autónomo, porque de  hacerlo, dejaremos de tener derecho a las prestaciones asociadas a la misma (maternidad, incapacidad temporal, paro de autónomos, etc). Así, por ejemplo, en el caso de tenernos que dar de baja por incapacidad temporal, podríamos no tener derecho a percibir el cobro de dicha baja. 

Si estás viviendo una situación económica frustrante y no puedes afrontar los pagos de tus facturas puede interesarte nuestro servicio de asesoramiento. Encontrarás más información en este enlace.

¿Cuales serían las consecuencias de no pagar la cuota de autónomo?

Tenemos que asegurarnos de que el pago lo tenemos bien domiciliado para que se haga efectivo a la Seguridad Social todos los meses, el pago mínimo de autónomo es calculado tomando como referencia la base de cotización mínima que es de  944,40 euros en 2019, por lo tanto el cupón mínimo viene a ser por un importe de 283 euros.

Si dejamos de pagarlo, cuando queramos liquidarlo, si ha pasado un mes este se habrá incrementado con los intereses de demora hasta los 311,63 euros aproximadamente y hasta los 339,96 si ha pasado más de un mes.

Si la deuda no se paga y la Seguridad Social emite un acta de liquidación el recargo aumenta hasta el 35%.

Aplazamiento de deudas y fraccionamiento de pago

El aplazamiento de deudas con la Seguridad Social se puede solicitar mientras ésta no comunique al deudor el inicio de la enajenación de bienes. El plazo máximo que concede la Seguridad Social para amortizar la deuda es de cinco años, aunque hay que negociar con ellos tanto los plazos como el tiempo del pago. Además, si se quiere liquidar la deuda de forma anticipada, es posible hacerlo.

Lotería Navidad 2025 ¿y si nos cae el gordo?
 
 

Te interesa:

Cotización en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos

Desde el 1 de enero de 2019, entran en vigor varias reformas y novedades del Régimen Especial de los Trabajadores…

¿Cómo afecta la reforma laboral a los autónomos?

Tras varios meses de negociaciones, la reforma laboral fue aprobada en los últimos días de 2021. Esto quiere decir que…

El contrato mercantil

La fórmula más empleada por las empresas para contratar los servicios de un trabajador autónomo es el contrato mercantil. Un…

¿Es posible ser autónomo a tiempo parcial en España?

La jornada de trabajo de un autónomo tiene poco o nada que ver con la de un asalariado. Para el…

Ley de segunda oportunidad

En 2015 se aprobó la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga…

Requisitos para un proyecto de reforma de vivienda

Un proyecto de reforma de vivienda debe realizarse cumpliendo los requisitos esenciales regulados por ley. El primero es obtener la…