91 197 67 48    hola@redautonomos.es

compra-loteria-navidad-2026
banner-proyecto-capacita-impulsa-formacion-autonomos-360º

Responsabilidad y seguros

Seguros y responsabilidad del autónomo

El trabajador autónomo es responsable con todo su patrimonio presente  y futuro  de cualquier obligación que surja en el ejercicio de su actividad. Esta obligación se extiende a su cónyuge, a no ser que haya sido limitada con anterioridad mediante régimen de separación de bienes,  o bien a través de la  inscripción de dicha limitación en el Registro Mercantil.

En las sociedades civiles, los comuneros son responsables de la misma forma que si actuaran como trabajadores autónomos.

En las sociedades mercantiles, la responsabilidad es de la persona jurídica y de sus administradores (ya sean estos mancomunados, solidarios, administradores únicos o si existe un consejo de administración) según establezcan sus estatutos en los términos  que delimiten la ley de aplicación a cada tipo de entidad.

Respecto a los socios, la responsabilidad queda limitada en las sociedades limitada y anónima a su aportación económica (capital social), salvo si un juez determina que existió negligencia o intencionalidad en las actuaciones que se consideren.

En otro tipo de entidades (asociaciones, fundaciones), la responsabilidad es de la entidad y de los miembros de sus órganos de gobierno (junta directiva, patronato, etc.) según establezcan sus estatutos y la ley de aplicación a cada tipo de entidad.

Para poder hacer frente a estas responsabilidades, el autónomo tiene la posibilidad de suscribir distintos tipos de seguros, entre ellos, los más comunes son:

  • Seguros de responsabilidad civil, cuya finalidad es cubrir las indemnizaciones que deba satisfacer, como responsable de los daños causados a terceros;

  • Seguros de responsabilidad profesional, cuya finalidad es hacer frente a los daños personales y  materiales que, involuntariamente, por sus errores u omisiones, el profesional haya podido causar a sus clientes, así  como los perjuicios que de ellos se pudieran derivar; estos seguros no sólo son una garantía para los profesionales, sino también para quienes  contratan sus servicios.

  • Seguros de caución, o de garantía. Sirven para proteger  al  acreedor de los perjuicios que sufra en caso de que el empresario o profesional incumpla las obligaciones, legales o contractuales, que mantenga con éste.

banner-proyecto-capacita-impulsa-formacion-autonomos-360º
 
 

Te interesa:

Clases de stock

La definición que más se acerca al concepto de “stock” es la que lo define como los artículos que posee…

"Brick & click" y "Brick and mortar"

El desarrollo de las nuevas tecnologías ha traído consigo la aparición de una nueva forma de comercio. El e-commerce o…

FOREX: Mercado de divisas

La definición de Mercado de Divisas puede ser la de mercado a nivel mundial que no tiene sede en ningún…

Seguros de responsabilidad civil para pymes y autónomos

El código civil, en su articulo 1902, expone: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa…

Integración del régimen especial agrario de la Seguridad Social en el Régimen General

Desde 2012 el Régimen Especial de trabajadores por cuenta ajena Agrarios (REA) quedó integrando como Sistema Especial del Régimen General. De…

Cómo darse de baja como autónomo (cese de actividad)

Si un autónomo decide cesar en su actividad o cerrar su negocio debe realizar una serie de trámites tanto con…