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Lista negra de morosos, ¿puedes incluir a tus clientes?

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La morosidad es un problema que los autónomos enfrentan en su día a día. Es raro encontrarse con algún profesional que no haya sufrido retrasos en los pagos por parte de sus clientes, o incluso se haya quedado sin cobrar una factura.

Aunque el impago de un producto o servicio suele ser algo excepcional, hay empresas, autónomos y particulares, que han hecho de la morosidad su estilo de vida, ya sea por necesidad o simplemente porque saben que son pocos los profesionales que acaban reclamando legalmente el pago.

Pero los autónomos no están desamparados frente a una situación de este tipo, pueden hacer uso de la lista negra de morosos.

¿Qué es la lista negra de morosos?

Los ficheros de morosos o registros de impagados son listados que recogen la identidad de aquellas personas físicas y jurídicas que no han cumplido con su obligación de pago. Esta información es de utilidad dentro del mundo de los negocios, porque así empresas y profesionales saben con quién deberían abstenerse de trabajar. Pero, dado que en España y en Europa hay una regulación muy estricta en cuanto a protección de datos, la inscripción no puede hacerse así como así.

Funcionamiento de los registros de impagados


Para no vulnerar los derechos de nadie, a la hora de hacer la inscripción en un fichero de este tipo deben respetarse una serie de principios.

La adhesión para los empresarios es voluntaria

El empresario que desee adherirse a la lista negra de morosos puede hacerlo de forma voluntaria y aceptando un pacto de reciprocidad. Es decir, que el interesado podrá consultar los datos de los inscritos cuando lo necesite pero, a la vez, se compromete a informar sobre las situaciones de morosidad de sus clientes.

No se impone la obligación de llevar a cabo acciones 

El alto nivel de morosidad que soportan los autónomos se debe a que, con frecuencia, estos no inician acciones legales para reclamar el pago de la deuda. Y no lo hacen porque son conscientes de que esto les va a costar tiempo y dinero. A veces las cantidades debidas son tan poco importantes que no compensa el esfuerzo de hacer una reclamación legal para conseguir el cobro.

Con respecto a las listas de morosos, los empresarios que voluntariamente comuniquen los datos de morosidad de sus clientes, lo hacen solo a título informativo, a fin de evitar que el cliente moroso pueda hacer lo mismo con otra empresa o autónomo. En ningún caso quien aporta la información queda obligado a iniciar un procedimiento legal de reclamación de la deuda ni se le exige que rompa el acuerdo comercial que pueda tener con el cliente sobre el que ha suministrado información.

Deben respetarse los plazos

No es necesario que la inscripción se produzca en el mismo momento en que surge la deuda, pero tampoco puede hacerse mucho tiempo después. La regla general es que la deuda comunicada no puede tener una antigüedad superior a los seis años.

Se debe respetar el proceso

Los ficheros de impagados tienen sus propias normas de funcionamiento para ajustarse a la legalidad vigente y no admiten cualquier inscripción. Debe tratarse de deudas que sean ciertas, que estén vencidas y sean exigibles. Que previamente hayan sido intentadas cobrar a través de un requerimiento de pago.

Hay que notificarlo al moroso

La inscripción en un fichero de morosos es un hecho que puede resultar lesivo para los intereses del deudor. Si su nombre aparece en estos registros puede encontrarse con problemas a la hora de celebrar contratos comerciales, o incluso podría verse en apuros si desea acceder a un préstamo.

De ahí que la ley exija que el moroso deba ser notificado de su correspondiente inscripción en el fichero. Así podrá ejercer los derechos que le asisten si considera que se está vulnerando la protección de datos.

Además, en muchos casos la notificación de la inscripción es más que suficiente para que el moroso se ponga al día y liquide la deuda.

La protección de datos es esencial

Para que este tipo de ficheros puedan funcionar, es requisito indispensable que cumplan con la legalidad vigente en cuanto a protección de datos. Por ello, hay que notificar la existencia del fichero a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad para evitar que terceros no autorizados puedan acceder a la información.
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