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Los autónomos trabajan de media 9 horas más a la semana que los asalariados

Según los datos recogidos por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) durante el segundo trimestre del año los trabajadores autónomos han trabajado una media de nueve horas más a la semana que los trabajadores asalariados.

Los datos oficiales destacan que durante el período de abril a junio de este año los trabajadores asalariados han trabajado una media de 36,5 horas semanales, mientras que en el caso de los autónomos la media se ha situado en 45,1 horas a la semana.

Atendiendo a los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), en el mismo período del año pasado la media semanal de trabajo de los autónomos era de 45,5 horas, por lo que se aprecia un leve descenso en la jornada laboral semanal.

El incremento en el número de horas trabajadas ha sido una constante desde que comenzó la crisis. El descenso de la demanda de los productos y servicios ofrecidos por los autónomos ha hecho que estos tengan que trabajar un mayor número de horas para ganar lo mismo o incluso menos que en épocas anteriores. Algo muy similar se ha producido en el trabajo asalariado, sector en el que las jornadas laborales también se han incrementado en los últimos años a pesar de no haberse incrementado los salarios.

La leve bajada registrada en el número medio de horas trabajadas a la semana por los trabajadores autónomos ha llevado a UPTA a señalar que aunque el número de horas de trabajo habitual ha aumentado durante la crisis, comienza a verse un cambio de tendencia que nuevamente afecta tanto a los autónomos como a los asalariados.

Para las asociaciones de trabajadores autónomos la notable diferencia entre la duración media de la jornada laboral de un asalariado y la jornada laboral de un autónomo es un reflejo más de lo difícil que resulta la conciliación de la vida profesional y la vida personal para los autónomos.

A diferencia de lo que ocurre con los asalariados, la legislación no establece un número máximo de horas de trabajo para el trabajador autónomo, aunque el artículo 4 de la Ley 20/2007 de 11 de julio reguladora del Estatuto del trabajador autónomo en su apartado 3 “g” reconoce el derecho de los trabajadores autónomos a conciliar su actividad profesional con su vida personal y familiar, algo que la situación actual y la regulación están dificultando.

En España cuando una persona es autónoma se entiende que lo es a jornada completa. En los últimos años se viene hablando de la figura del trabajador autónomo a media jornada e incluso el trabajador autónomo por horas, que podría dar cabida a aquellas personas que trabajando como asalariados dedicaran parte de su tiempo a trabajar de forma autónoma e incluso a aquellos que sólo trabajan como autónomos pero que no dedican a su actividad profesional una jornada completa de trabajo. A pesar de la insistencia de ciertos colectivos esta figura sigue siendo a día de hoy una mera quimera, en el caso de los trabajadores autónomos la Seguridad Social sólo admite la cotización por jornada completa y a mes entero.

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