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Agente digitalizador, figura fundamental en las ayudas del Kit Digital

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En 2022 por fin se ponen en marcha las ayudas pertenecientes al Plan Kit Digital, que buscan promover la transformación digital de las pymes y de los autónomos, a fin de que lleguen a ser más competitivos tanto dentro como fuera de España.

A través de las cantidades recibidas, los beneficiarios pueden hacer frente al pago de soluciones de digitalización como la creación de una página web, mejora de la ciberseguridad del negocio, gestión de las redes sociales o la inversión en business intelligence.

Una de las particularidades del bono digital es que el autónomo que lo recibe no puede contratar el servicio de digitalización con cualquier proveedor, debe hacerlo con un agente digitalizador debidamente acreditado.

Una oportunidad de negocio

Si para autónomos y pymes el Kit Digital supone una oportunidad para actualizar y mejorar su forma de trabajar, también hay empresas y profesionales para las que la puesta en marcha de estas ayudas supone una auténtica oportunidad de negocio. Se trata de aquellos que están en condiciones de operar como agentes digitalizadores.

Para ello los interesados deben cumplir una serie de requisitos:

  • Tener domicilio fiscal en España.
  • Que la antigüedad del negocio sea de, al menos, dos años.
  • Un nivel de facturación mínimo de 100.000 euros en los dos años anteriores a la solicitud de adhesión al Kit Digital como agente digitalizador. O una facturación de 50.000 euros en el año inmediatamente anterior.
  • En el caso de los autónomos, el nivel de facturación debe ser de 70.000 euros en los dos años anteriores o 35.000 euros en el año anterior.
  • No tener deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.

Cómo unirse al catálogo de agentes digitalizadores

Los interesados pueden hacerlo a través del formulario que está disponible en la web Activa Pyme, cumplimentando la solicitud y aportando los documentos que acreditan que se cumplen todos los requisitos para poder ejercer como agente.

El plazo para presentar las solicitudes permanecerá abierto mientras el bono digital siga en marcha.

Una vez que la empresa o autónomo es aprobada como agente digitalizador, queda obligada a asistir a los beneficiarios de las ayudas prestando aquellos servicios que han justificado su inscripción.

¿Por qué hace falta un agente digitalizador?

Es la orden que regula el Kit Digital la que impone la obligación de que los servicios reembolsables a través de las ayudas deban contratarse a través de un agente digital. Lo que se busca con ello es brindar nuevas oportunidades de negocio a pymes y autónomos que desarrollan su actividad en este sector.

Dado que es posible que muchos negocios que están en una fase poco avanzada de transformación digital no conozcan a prestadores de servicios de este tipo, el listado de agentes digitales les ayuda a localizar a los profesionales más adecuados para su caso concreto.

Es un sistema win-win en el que todos salen ganando. Los autónomos y pymes que se quieren digitalizar, porque no tienen que complicarse la vida para buscar profesionales capaces de hacer lo que ellos necesitan. Y los autónomos y pymes dedicados al ámbito de las TIC, porque tienen así una buena oportunidad de captar nuevos clientes.

Justificación y cobro del trabajo

Los agentes digitalizadores deberán prestar sus servicios de conformidad con lo previsto en la normativa reguladora de las ayudas del Kit Digital. Las soluciones de digitalización se prestarán en dos fases. Una primera en un plazo máximo de tres meses desde la contratación. Se emitirá entonces la correspondiente factura que reflejará la reducción en el importe que debe abonar el beneficiario en función de la subvención a la que tenga derecho.  La segunda fase se desarrollará en los 12 meses siguientes. 

Para que la factura emitida por el agente digitalizador sea admitida como justificación para acceder a la ayuda, debe:

  • Indicar el número de referencia del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
  • Indicar la solución de digitalización contratada y el periodo de prestación de la misma.
  • Indicar la cuantía exacta de la subvención.
  • Señalar de forma expresa “Financiado por el programa Kit Digital. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España-Next Generation EU”.

Una vez que la Administración haya hecho las comprobaciones pertinentes, efectuará el pago a los agentes digitalizadores. Si estima que el beneficiario no tenía derecho a la ayuda, este deberá pagar el importe completo de la factura de la solución de digitalización.

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