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Evaluación de riesgos laborales. Qué es y cómo se hace

Evaluación de riesgos laborales

La Evaluación de riesgos es una herramienta fundamental para la elaboración del Plan de prevención de riesgos laborales de una empresa. Su objetivo es la minimización de los riesgos inherentes a la actividad laboral, en cada puesto de trabajo y en el conjunto de la organización, y el establecimiento de sistemas de prevención y actuación para aquellos riesgos que no se pueden eliminar.

La responsabilidad de la elaboración de un Plan de prevención de riesgos laborales, y por lo tanto, de la Evaluación de riesgos, es de la Dirección de la empresa, pero para su realización debe: designar una persona o personas debidamente cualificadas, con formación legal; consultar a los representantes de los trabajadores; y hacer partícipe a toda la plantilla de la organización, especialmente a aquellos trabajadores que por sus funciones están más expuestos a los riesgos, a los menores, a los discapacitados y a las mujeres embarazadas.

Por otro lado, aquellas actividades que requieren cualificación profesional, como la revisión de la salud, deberán ser realizadas por organizaciones específicas, debidamente acreditadas y cualificadas, contratadas para tal fin.

Cómo se realiza una evaluación de riesgos laborales

De forma resumida, podemos decir que la evaluación de riesgos consiste en analizar las condiciones de trabajo para encaminar la acción preventiva a eliminar, controlar o disminuir los riesgos derivados de la actividad laboral. Hay cuatro pasos fundamentales:

Análisis de riesgos

Los responsables de prevención deben analizar en profundidad la organización empresarial y detectar/determinar cuáles son los riesgos para la salud física y psicológica que se dan en la organización y en cada puesto de trabajo en concreto. Para poder llevar a cabo esta detección podrá consultar a los propios trabajadores y utilizar documentos (bajas, historial de trabajadores) que indiquen cuáles han sido los accidentes, enfermedades y daños que se han producido con anterioridad como consecuencia del trabajo. El análisis se ha de realizar tanto de las maquinas, herramientas, equipos y productos empleados, como del entorno de trabajo y de la formación y comportamiento de los trabajadores.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y el Ministerio de Sanidad y Consumo, así como las Instituciones competentes de las comunidades autónomas han desarrollado una serie de guías para ayudar al empresario en la labor de detección de riesgos laborales. También existen Normas UNE, Normas Internacionales y Guías de entidades de reconocido prestigio que pueden servir de apoyo.

Esta acción se deberá realizar al inicio de la actividad empresarial y siempre que se produzca algún cambio en ella, ya sea por la introducción de nuevas herramientas o maquinarias, por la modificación de procesos o actividades, por la creación de nuevos puestos de trabajo o por la contratación de nuevo personal. Además, se deberá actualizar la Evaluación de riesgos laborales cada 2 o 3 años.

Eliminación y minimización de riesgos

Una vez determinados todos los riesgos a los que está expuesta la organización se deberán realizar acciones que eliminen el mayor número posible de los mismos. Aquellos riesgos que no se puedan eliminar deberán ser minimizados mediante el establecimiento de las medidas de prevención necesarias y de sistemas de actuación para los casos en los que, a pesar de las medidas, se produzcan.

Formación de prevención para la plantilla

Los mandos intermedios se han de reunir con los trabajadores para explicarles el plan de prevención de la empresa en su conjunto y los riesgos inherentes concretos de su puesto de trabajo. El responsable de prevención debe estar seguro de que los empleados han comprendido/aprendido la magnitud de los mismos y cómo proceder ante ellos para prevenirlos y en caso de que sucedan.

Registro de las medidas adoptadas

Todas las acciones realizadas dentro del Plan de Prevención de riesgos laborales deben ser debidamente registradas documentalmente. Este deber también incluye la evaluación de riesgos.

Por lo tanto, se deberá registrar documentalmente: la selección del responsable/s de prevención; la participación de los representantes de los trabajadores y del personal en plantilla; el proceso de análisis de los riesgos que se pueden producir en la empresa; las medidas adoptadas para suprimir dichos riesgos o para minimizarlos; y los protocolos o sistemas de actuación que han de utilizar los trabajadores para desarrollar sus funciones.

En el registro documental se ha de identificar cada puesto de trabajo con sus riesgos inherentes y el personal que lo desarrolla. También se ha de incluir la cronología de las actividades y los plazos establecidos para la ejecución y desarrollo de las mismas. Es necesario hacer constar, además, los procedimientos de control de las medidas y la personas/personas responsable del mismo.

Esta documentación, especialmente la relativa a cada puesto de trabajo, ha de estar disponible para que los trabajadores puedan consultarla.

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