El Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es la herramienta que permite al empresario, y a la organización que de él depende, proteger y garantizar la salud física y mental de todos los integrantes de la empresa.
El plan de PRL debe estar autorizado por la dirección de la organización; establecer y formalizar los objetivos y la política de prevención que se va a llevar a cabo; recoger la normativa y reglamentación de prevención vigente en el área de actividad de la empresa; recoger los procedimientos establecidos por la empresa para su aplicación; e indicar quiénes son las personas responsables de su desarrollo y las funciones que tienen cada uno.
Objetivos generales de la prevención de riesgos laborales
- Asegurar la prevención de todos los posibles riesgos que se pueden generar por la actividad empresarial.
- Evitar daños que afecten a personas, a bienes y al entorno.
- Establecer protocolos de actuación para cada riesgo. Un protocolo de actuación es la descripción de todas las acciones que se han de realizar para llevar a cabo una actividad concreta de forma segura.
Objetivos específicos del plan de PRL
Establecer la política de prevención de la empresa (adaptada a sus características) y generar una herramienta que estructure dicha política, y permita y garantice su aplicación.Ventajas de tener un plan de PRL
- Genera una cultura de prevención en la organización que conciencia e informa de los derechos y deberes de todos los implicados.
- Proporciona objetivos y procedimientos de prevención, y permite la posterior evaluación y comprobación de la actividad preventiva desarrollada.
- Facilita el cumplimiento de las obligaciones legales y normativas en materia de prevención.
- Ofrece un sistema de evaluación y mejora continuo de la calidad de la vida laboral.
Cómo desarrollar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales
Contenido mínimo
Descripción de la estructura organizativa de la empresa y de las actividades que en ella se realizan. Identificación de los centros de trabajo y del número de trabajadores.
Asignación de responsabilidades (asunción de la prevención por el empresario, designación de trabajador/es encargado/s de la prevención, contratación de un Servicio de Prevención Ajeno o Constitución de un Servicio de Prevención Mancomunado).
Definición y descripción de los protocolos de actuación (de cada actividad) para conseguir los objetivos de prevención, incluyendo la documentación y las instrucciones necesarias para llevarlos a cabo.
Planificación de la implantación de dichos protocolos (cuándo se van a llevar a cabo).
Estructuración del plan
- Designar la persona responsable. Es conveniente que sea experta en prevención y que tenga, como mínimo, un puesto intermedio en la jerarquía de la empresa.
* A partir de este momento, dicha persona, como responsable del plan continuará con su elaboración.
- Realizar una evaluación de riesgos atendiendo a la doble dimensión del mismo, probabilidad de que ocurra y magnitud (grave, medio, leve) del daño producido, en el conjunto de la empresa y para cada puesto de trabajo.
- Seleccionar las acciones preventivas necesarias en función del resultado de la evaluación de riesgos y de la normativa y reglamentación vigente en materia de prevención.
- Confeccionar un índice por secciones o capítulos en el que se recojan todas las actividades realizadas en la empresa. Este va a ser el índice del plan de PRL.
- Crear una ficha para cada actividad de la empresa en la que se recoja: sección a la que pertenece; descripción de la actividad; normativa preventiva de referencia; objetivos de prevención; actuación necesaria para la consecución de los objetivos; puestos de trabajos implicados y atribución de responsabilidades para los mismos. La ficha también debe indicar quién va a ser el responsable de desarrollar y redactar el protocolo de actuación de la actividad en concreto, unas directrices sobre cómo hacerlo, y quién es el supervisor (especialista en el tema) que se va a encargar de su revisión.
Revisión, redacción y aprobación del plan
- Una vez entregadas las fichas y recogida, con posterioridad, la información, es obligación del responsable de prevención comprobar la misma y establecer, en colaboración con la dirección, cuándo se van a llevar a cabo las acciones preventivas desarrolladas en los protocolos de actuación. Es decir, planificar cronológicamente la prevención.
- Con toda la información anterior, el experto en prevención redactará el plan que deberá ser validado (firmado) por la dirección.
Divulgación e implantación
- El plan validado por dirección debe ser comunicado a la organización en conjunto. Cada trabajador debe conocer los protocolos de actuación relacionados con su actividad laboral, y debe poder acceder a la información siempre que lo estime oportuno.
- Para que el trabajador puede aplicar los protocolos de actuación se le ha de proporcionar la formación, las herramientas y los medios necesarios para ello.
Ampliar información: Guía práctica para la elaboración del Plan de Prevención
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