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Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y embargos

Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y embargos

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la remuneración mínima que se debe pagar a un trabajador por una jornada completa. Viene determinado legalmente y además tiene efectos sobre posibles embargos que afecten a personas que no pueden pagar sus deudas. De ahí que la subida del SMI haya afectado a todos los procedimientos de Segunda Oportunidad en los que los deudores son personas físicas (profesionales o no).

El SMI es inembargable

Una de las máximas que rigen en el ordenamiento jurídico es que, aunque el sueldo de una persona es embargable si esta no paga sus deudas, se debe dejar totalmente libre la cantidad equivalente al SMI que esté en vigor en cada momento.

Con ello se busca proteger a los acreedores garantizándoles que van a cobrar, pero también se quiere proteger al deudor garantizando unos recursos económicos que le permitan subsistir.

No importa cuál sea la cuantía de la deuda o lo que cobre el deudor, la cantidad equivalente al SMI no se puede embargar en ningún caso. Con respecto a lo que se cobra de más, el embargo debe limitarse a una serie de porcentajes:

  • La cuantía equivalente al SMI es inembargable.

  • Si se cobra de una a dos veces el SMI se puede embargar el 30% de la cantidad que exceda del SMI.

  • Si se cobra de dos a tres SMI se puede embargar el 50% de lo que se cobre de más.

  • Si se cobra de tres a cuatro SMI se puede embargar el 60%.

  • Si se cobra de cuatro a cinco SMI se puede embargar el 75%.

  • Si se cobra una cantidad equivalente a más de cinco SMI se puede embargar el 90% de lo que exceda del Salario Mínimo Interprofesional.

No obstante, en estos casos también se tiene en cuenta la situación personal del deudor y sus cargas familiares, por lo que se puede rebajar entre un 10 y un 15% la cantidad embargada.

Estas reglas sobre inembargabilidad del SMI son aplicables respecto a todo tipo de acreedores. Es cierto que en ocasiones las Administraciones Públicas tienen ciertas ventajas cuando son acreedoras (sus créditos suelen tener preferencia de cobro), pero ni ellas pueden conseguir que se embargue el SMI.

El SMI en el procedimiento de Segunda Oportunidad

Cuando una persona llega a un procedimiento de Segunda Oportunidad es porque tiene una situación grave de insolvencia y es habitual que los acreedores ya hayan tomado medidas como solicitar el embargo de sus bienes, entre ellos su salario.

En este procedimiento el deudor debe poner a disposición de sus acreedores todos sus bienes como muestra de buena fe y de que está intentando pagar los créditos que tiene pendientes. Sin embargo, puede reservar para sí la cantidad equivalente del SMI para cubrir sus necesidades básicas.

De ahí que la subida del SMI a principios de 2020 fuera recibida como una buena noticia para aquellas personas físicas (empresarios y no empresarios) que estaban en un procedimiento de Segunda Oportunidad, porque ahora pueden disponer de una mayor cantidad de recursos para ellos mismos.

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