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Ayudas a fundaciones, asociaciones y otras entidades o instituciones sin ánimo de lucro para la financiación de proyectos en materia de gestión de residuos, mitigación o adaptación al cambio climático

Ayudas para: la financiación de proyectos en materia de gestión de residuos, mitigación o adaptación al cambio climático

Tipo de subvención: Económica

Cuantía de la subvención: Hasta un máximo de 632.100 € de conformidad
con la distribución siguiente: 105.000 € con cargo a
la aplicación presupuestaria 07.03.541D.781 y
527.100 € con cargo a la aplicación presupuestaria
07.03.541A.781,

Gastos subvencionables: Tendrán la consideración de gastos subvencionables
los costes realizados relacionados directamente
con el proyecto para el que se solicita la ayuda. Los gastos
corrientes y de funcionamiento de la entidad solicitante
se subvencionarán únicamente con cargo al ejercicio
presupuestario del año 2010 y hasta un máximo
del 20% del importe subvencionable, siempre y cuando
estén debidamente justificados y se correspondan de
forma razonable con la realización de la actividad.
A estos efectos se considerarán gastos corrientes o
de funcionamiento los siguientes:
a) Alquiler, comunidad, seguros, reparación y conservación
del local y mobiliario de la oficina.
b) Gastos de subministro inherentes a la actividad
desarrollada, como servicio de telecomunicación
(teléfono, fax e internet), servicio de correos, material
de oficina, electricidad, agua y limpieza.
c) Gastos de personal, que deberá tener contrato
laboral y estar dado de alta en la Seguridad Social


Plazo para solicitar la ayuda: 2 Julio 2010

Quién puede solicitar la ayuda: Asociaciones y otras entidades o instituciones sin ánimo de lucro que, presentando algún proyecto relativo al desarrollo de las actuaciones subvencionables indicadas, cumplan los requisitos siguientes: a) Estar legalmente constituidas e inscritas en un registro público, autonómico o estatal. b) Carecer de ánimo de lucro. c) Desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia. 2. No podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades incursas en alguno de los supuestos previstos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia. 3. Las entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos que se les exige en el artículo 11 de la Ley 9/2007. 4. Cualquiera de estas entidades podrá concurrir a esta convocatoria de manera individual o en colaboración con otra u otras de las señaladas anteriormente. 5. No se admitirán las solicitudes presentadas de manera simultánea y por el mismo concepto individualmente y a través de otro tipo de agrupación o colaboración

Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructura

Ámbito de las ayudas: Galicia

Más información: ORDEN de 14 de mayo de 2010 Orden de 14 de mayo de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a fundaciones, asociaciones y otras entidades o instituciones sin ánimo de lucro para la financiación de proyectos en materia de gestión de residuos, mitigación o adaptación al cambio climático e implantación y mantenimiento en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), al tiempo que se hace pública su convocatoria para los años 2010 y 2011.
DIARIO OFICIAL DE GALICIA (DOG) del 18 de mayo de 2010