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Subvenciones del subprograma de apoyo a la participación de empresas en programas internacionales de I+D


Ayudas para: Programas internacionales
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
La cuantía total máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 6.500.000 euros en concepto de subvenciones para proyectos a ejecutar en el período 2011-2014.
Gastos Subvencionables:
Se consideran subvencionables los gastos establecidos en el artículo 37 de la Orden de bases reguladoras.
También serán subvencionables los gastos derivados del informe realizado por un auditor o empresa de auditoria inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas para la justificación de las ayudas, siempre que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas anuales, que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda y hasta un límite del 1% del presupuesto financiable, sin que pueda exceder de 3.000 euros.
Asimismo, las entidades beneficiarias podrán imputar, en concepto de costes indirectos, un 20% de los costes directos totales del proyecto.
Plazo para solicitar la ayuda: 31 Julio 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria exclusivamente las empresas (exceptuando los empresarios individuales) y las agrupaciones de interés económico (AIE), según se definen respectivamente en el artículo 6.1.a) y k) de la Orden de bases reguladoras. Los proyectos podrán ser individuales o en cooperación, entendiendo por proyecto en cooperación aquél en cuyo desarrollo participen más de uno de los mencionados como beneficiarios en el apartado 1 anterior, cuyas relaciones estén formalizadas mediante contrato, convenio o acuerdo en el que se establezcan los derechos y obligaciones de los distintos sujetos participantes. En este caso, uno de los miembros actuará como representante de todos los participantes. El representante será el solicitante de la ayuda y el responsable de la realización del proyecto o actuación ante la Administración. A tal fin, canalizará la relación con los participantes y, llegado el caso, aportará la documentación justificativa de la realización del proyecto. El pago de la ayuda concedida se realizará al representante, quien se responsabilizará de la transferencia a cada participante de los fondos que le correspondan, todo ello sin perjuicio de los derechos y obligaciones que, derivados de la condición de beneficiarios, tienen el representante y los participantes, en particular, el de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Ámbito de las ayudas: España
Más información: RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2011  Resolución de 22 de marzo de 2011, del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2011 del procedimiento de concesión de subvenciones del subprograma de apoyo a la participación de empresas en programas internacionales de I D, Interempresas Internacional, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO del 8 de abril de 2011