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Ayudas del Programa de Internacionalización para 2014

Ayudas para: La internacionalización
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Las ayudas a conceder son subvenciones no reintegrables, cuya cuantía máxima será de 60.000 euros por entidad beneficiaria. La subvención podrá ser de hasta un 50% de la base subvencionable que se determine, atendiendo a las siguientes condiciones:
- Con carácter general: 40%.
- Proyecto realizado en colaboración con otras empresas, de las cuales una al menos tenga su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco: 45%.
- Proyecto realizado en colaboración con otras empresas, de las cuales una de las cuales una al menos tenga su domicilio fiscal en Bizkaia: 50%.

Gastos Subvencionables:
Gastos de personal: Coste (sueldo + cargas sociales) del personal de plantilla de la empresa directamente vinculado al proyecto objeto de subvención, durante los días de estancia en el país de destino, sea por razón de viajes o por tratarse de personal destinado en dicho país.
Gastos de viaje y alojamiento, que tengan como destino el país del proyecto, quedando excluída la manutención.
Contrataciones externas necesarias para la realización del proyecto, incluyéndose, entre otras, las siguientes:
- Elaboración del Plan de Internacionalización.
- Contratación de profesionales para representación o cualquier otra labor comercial en el país de destino que no formen parte de la plantilla de la empresa.
- Asesoramiento externo:
-Promoción y publicidad
- Gastos necesarios para la creación de la delegación comercial en el país de destino.
-Otros gastos directamente imputables al proyecto objeto de subvención que estén debidamente justificados.
Plazo para solicitar la ayuda:
Del 6 de febrero al 7 de marzo de 2014
Quién puede solicitar la ayuda:
Las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
-Que tengan una plantilla entre 3 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa.
- Que tengan su domicilio fiscal y social en Bizkaia.
- Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y respecto al pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Diputación Foral de Bizkaia
Ámbito de las ayudas:
Vizcaya (País Vasco)
Más información: Decreto Foral 160/13. Boletín Oficial de Bizkaia número 234 de 9 de diciembre de 2013