Ayudas para: Financiar inversiones.
Tipo de subvención: Créditos especiales.
Cuantía de la subvención:
Autónomos, Microempresas y Pequeñas Empresas: Hasta 2 millones de euros, en una o varias operaciones.
Medianas Empresas y Resto de Empresas: Hasta 10 millones de euros en una o varias operaciones.
Gastos subvencionables:
Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano.
Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000 euros.
Adquisición de Empresas.
Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).
Plazo para solicitar la ayuda: 20 de diciembre de 2010 o hasta fin de fondos
Quién puede solicitar la ayuda: Autónomos, Pymes y resto de empresas que lleven a cabo inversiones en territorio nacional.
Restricciones:
La inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2009, y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de firma de la financiación.
En todo caso, no se financian: Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.
Compatibilidad con otras ayudas o subvenciones:
Esta Línea es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras Instituciones, debiendo respetar los límites máximos en cuanto a la acumulación de ayudas pública establecidas por la Unión Europea.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Instituto de Crédito Oficial
Ámbito de las ayudas: España
Más información: Entidades donde se pueden solicitar los créditos:
BANCO DE VALENCIA - BBVA - C.A DE LA RIOJA - CAIXA GALICIA - LICO LEASING - SANTANDER