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Subvenciones dirigidas a empresas del Principado de Asturias, en el marco del programa Innova-IDEPA, para el ejercicio 2011.


Ayudas para: Modernización
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
La cuantía total máxima autorizada para financiar la presente convocatoria de ayudas en el ejercicio 2011, será de un millón ochocientos mil euros (1.800.000 euros). Excepcionalmente, podrá fijarse una cuantía adicional por importe, con carácter estimativo de cuatrocientos mil euros (400.000 euros),
Gastos Subvencionables:
Derivados de modernización para los usuarios de los comercios
Plazo para solicitar la ayuda: 6 Junio 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Beneficiarios. 1. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en las presentes bases, las empresas industriales o de servicios de apoyo industrial, con personalidad jurídica propia, que cuenten con uno o más empleados por cuenta ajena, con sede social o establecimiento de producción en el ámbito territorial del Principado de Asturias, así mismo los proyectos objeto de ayuda deberán estar realizados en dicho territorio. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y en general las entidades sin ánimo de lucro. La actividad llevada a cabo por los beneficiarios debe coincidir con alguno de los IAE recogidos en la lista de IAEs sub-vencionables que figura en el Anexo III, adjunto a la presente Resolución a las presentes bases. En casos excepcionales y siempre que el proyecto cumpla con los requisitos de las presentes bases, podrán optar a estas ayudas empresas de otros sectores empresariales, siempre que los mismos se encuentren en el ámbito de aplicación de esta normativa. 2. A los efectos de las presentes bases se considerará empresa del sector industrial aquella que desarrolle actividades dirigidas a la obtención, transformación o reutilización de productos industriales, envasado y embalaje, así como apro-vechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados. Asimismo se considerará empresa del sector de servicios de apoyo industrial a la que realice su actividad en los ám¬bitos de la ingeniería, el diseño, la consultoría tecnológica o la asistencia técnica, siempre que ésta esté directamente relacionada con las actividades industriales. 3. No podrán recibir ayudas las empresas en crisis. Se considerará empresa en crisis, si cumple las siguientes condiciones: • Si se trata de una sociedad de responsabilidad limitada, que haya desaparecido más de la mitad de su capital suscrito y se haya perdido más de una cuarta parte del mismo en los últimos 12 meses, o • Si se trata de una sociedad en la que al menos algunos de sus socios tienen una responsabilidad ilimitada sobre la deuda de la empresa, que hayan desaparecido más de la mitad de sus fondos propios, tal como se indican en los libros de la misma, y se haya perdido más de una cuarta parte de los mismos en los últimos 12 meses, o • Para todas las formas de empresas, que reúnan las condiciones establecidas en el derecho nacional para some¬terse a un procedimiento de quiebra o insolvencia. Una PYME con menos de tres años de antigüedad no se considerará, empresa en crisis durante ese periodo, salvo que cumpla lo establecido en el apartado último. 4. No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en las presentes bases, aquellas empresas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Consejería de Industria y Empleo
Ámbito de las ayudas: Principado de Asturias
Más información: RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2011  Resolución de 26 de abril de 2011, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la concesión de subvenciones dirigidas a empresas del Principado de Asturias, en el marco del programa Innova-IDEPA, para el ejercicio 2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS del 29 de abril de 2011