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Contrato de trabajo para penados en instituciones penitenciarias (bonificado)

Las características generales de este contrato son las de “Contrato de obra o servicio determinado”.

Requisitos de los trabajadores:

  • Estar en un centro penitenciario como penado.

Requisitos de la empresa:

  • Instituciones penitenciarias dependientes del organismo autónomo  Trabajo y Prestaciones Penitenciarias u órgano autonómico equivalente.

Formalización:

  • Se formalizará por obra o servicio determinado, a jornada completa o parcial, mediante modelo oficial y se comunicará al INEM en los 10 días siguientes a su concertación.

Bonificaciones:

  • Cotizaciones por desempleo, formación profesional y Fondo de Garantía Salarial: 65% de reducción en la cuota empresarial y la del trabajador.
  • Cotizaciones por contingencias comunes: la bonificación general otorgada para trabajadores con dificultad en la inserción laboral (ver contratos para personas en situación de exclusión social en esta sección).
  • No se les aplicará la exclusión establecida para relaciones laborales de carácter especial. Cuando haya concurrencia de bonificaciones se aplicarán las más beneficiosas para el trabajador.

Extinción del contrato:

  • El trabajador tendrá derecho, a la finalización del contrato, a una indemnización de cuantía equivalente a la proporcional a 8 días de salario por año de servicio, o la establecida en la normativa específica de aplicación.
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