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Contrato de trabajo Indefinido Bonificado para trabajadores del sector del juguete y del mueble

Requisitos de los trabajadores:
- Ser desempleado y excedente del sector del juguete y haber sido despedido entre el 26/12/2008 y el 30/11/2011 (fecha límite de vigencia del Plan del sector).
- Ser desempleado y excedente del sector del mueble y haber sido despedido entre el 26/12/2008 y el 30/11/2011 (fecha límite de vigencia del Plan del sector).
- No tener relación de parentesco, hasta el 2º grado incluido, con el empresario, los directivos, los miembros de los órganos de administración de las sociedades o con las contrataciones que se produzcan con estos últimos. No se aplicará esta exclusión en el caso de autónomos sin trabajadores a su cargo que contraten a un familiar menor de 45 años que no conviva con él ni esté a su cargo.

Requisitos de la empresa:
- La contratación deberá realizarse durante los dos años siguientes a la fecha de despido excepto si el trabajador tiene 55 o más años.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- No se aplicará la exclusión de 12 meses sin bonificaciones para las empresas que hayan realizado despidos improcedentes o colectivos.

Formalización, duración y jornada
:
Deberá formalizarse por tiempo indefinido, a jornada completa o parcial, por escrito mediante el modelo oficial PE-213 y se comunicará al INEM en los 10 días siguientes a su concertación.

Bonificaciones:
La bonificación es una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social.
- Mujeres menores de 45 años: 83,33 €/mes (1000 €/año) durante 4 años.
- Discapacitados: la cuantía que les corresponda según la Ley 43/2006, incrementada un 5%, durante 2 años.
- Trabajadores entre 31 y 45 años (inclusive) sin derecho a bonificaciones: 41,67 €/mes (500 €/año) durante 2 años. Mismo rango de edad y víctimas de violencia de género o doméstica o en riesgo de exclusión social: la cuantía que les corresponda según la Ley 43/2006, incrementada un 5%, durante 2 años.
- Trabajadores hombres entre 46 y 54 (inclusive): 100 €/mes (1200 €/año) durante 1 año y 108 €/mes (1296 €/año) durante el resto del contrato.
- Trabajadores mujeres entre 46 y 54 (inclusive): 116,67 €/mes (1400 €/año) durante 1 año y 125 €/mes (1500 €/año) durante el resto del contrato.
- Trabajadores con 55 o más años:
- Hombres: 100 €/mes (1200 €/año) durante 1 año y 110 €/mes (1320 €/año) durante el resto del contrato.
- Mujeres: 116,67 €/mes (1400 €/año) durante 1 año y 129,17 €/mes (1550 €/año) durante el resto del contrato.
- Si son perceptores de prestación contributiva por desempleo y les resta al menos 1 año de percepción: 140 €/mes (1680 €/año) durante 1 año y 150 €/mes (1800 €/año) durante el resto del contrato.
- Si el contrato es a media jornada la bonificación se reducirá (Art. 2.7 de la ley 43/2006, de 29 de diciembre, BOE de 30 de diciembre; según redacción dada por el artículo 6.2 de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, BOE de 31 de diciembre).
- Las bonificaciones solo se aplicarán en la primera contratación realizada al trabajador excedente del sector del mueble o del juguete.

Extinción de Contrato:
Se reduce la indemnización por despido a 33 días de salario por año trabajado y hasta un máximo de 24 mensualidades.
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