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Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

El IAE es un impuesto municipal. Los autónomos son sujetos pasivos del IAE si realizan en España actividades profesionales, empresariales y artísticas y deben realizar la Declaración de Alta antes del transcurso de un mes desde el inicio de la actividad mediante la presentación del modelo 840.

Al darse de alta en el IAE se indica la actividad o actividades que se van a desarrollar, seleccionando los epígrafes oportunos. Estos determinarán los regímenes de IVA aplicables, así como la distinción entre actividad profesional o empresarial.

Excepciones:

No se están sujetas a IAE las actividades agrícolas, pesqueras, forestales ni ganaderas dependientes.

Los autónomos que tengan una cifra de negocio inferior a 1.000.000 € netos quedan exentos del pago del IAE, pero están igualmente obligados a la Declaración de Alta, Modificación o Baja del IAE a través del modelo 036 o 037. Es decir, la Declaración de Alta en el IAE se queda cumplimentada con la Declaración Censal de Alta.

Formas de Presentación:

  • Impreso: Se pueden adquirir en cualquier Administración o Delegación de la Agencia Tributaria; o se puede descargar el formulario directamente de la página web de la AEAT sin necesidad de certificado de usuario. Una vez cumplimentado y firmadose presentará en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del titular o se enviará por correo certificado a dichas oficinas.

  • Online: Acceder a la página web de la AEAT, cumplimentar los formularios del modelo y hacer el envío telemático. Si todo es correcto la Agencia responde con un mensaje que incluye un código justificativo de la presentación. Imprimir la declaración aceptada y el mensaje de respuesta y conservarlos.

El cese de la actividad o las modificaciones en la Declaración de Alta en el IAE se han de comunicar a la Agencia Tributaria a través del mismo modelo y de la misma forma.

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