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El pasado 4 de septiembre se publicó en el BOE la Orden ICT/816/2020, de 10 de agosto, que aprueba las bases para la concesión de ayudas destinadas a fomentar el emprendimiento entre jóvenes que estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Estas ayudas forman parte del Programa Operativo de Empleo Juvenil, que es una iniciativa de la Comisión Europea para acabar con las altas tasas de desempleo entre los jóvenes.  Lo que se busca en este caso es que los jóvenes que ahora mismo no están estudiando ni trabajando se integren en el mercado laboral poniendo en marcha su propio negocio.

¿A quién van destinadas las ayudas?

A jóvenes de 16 a 30 años que estén inscritos (o cumplan los requisitos para inscribirse) en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Es también requisito que no se encuentren estudiando ni trabajando, y que deseen emprender una actividad empresarial, ya sea como autónomos o como personas jurídicas (empresas).

Es importante no haber iniciado la actividad antes de pedir la subvención y estar al día en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.

¿A qué gastos se pueden destinar las ayudas?

La Orden señala que la ayuda recibida puede ir destinada a los gastos de puesta en marcha del proyecto que se hayan realizado dentro de los seis primeros meses de actividad. Esto incluye cuestiones tan diversas como gastos de asesoría, pago de cánones de entrada en franquicias, formación, creación de una página web, pago de patentes, gastos de constitución de la sociedad y adaptación a la normativa de protección de datos personales.

Cuantía de la ayuda

La subvención será de un máximo de 3.000 euros por beneficiario, y dicha cantidad no podrá superar el 75% de los gastos subvencionables.

La actividad se debe iniciar en los 60 días posteriores al día que se realiza la solicitud de ayuda. La ayuda está destinada para los gastos subvencionables que se realicen en los primeros seis meses. El abono de la ayuda se realiza pasado ese plazo.

¿Es compatible con otras ayudas?

Esta subvención tiene carácter de ayuda “de minimis” y, por tanto, es compatible con otras ayudas públicas o privadas, nacionales o europeas que persigan la misma finalidad. Sin embargo, no será posible la acumulación de ayudas si el importe de las mismas excede la cuantía máxima fijada por la Unión Europea (200.000,00 € en tres ejercicios fiscales).

Documentación necesaria

Todas las solicitudes deben ir acompañadas de la siguiente documentación:

  • Instancia de solicitud rellena correctamente.

  • Fotocopia del DNI.

  • Certificado que acredite la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

  • Memoria descriptiva de la actividad y plan de negocio.

  • Valoración económica de la subvención solicitada.

  • Declaración responsable de no estar incurso en causa de incapacidad para ser beneficiario de subvenciones.

  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos para acceder a estas ayudas y de cumplimiento de la normativa laboral vigente.

  • Certificado que acredite que no hay deudas con la Seguridad Social.

  • Certificado que acredite que se está al corriente de pago con la Agencia Tributaria

Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica en un plazo máximo de 30 días desde la publicación de cada convocatoria de ayudas.

Evaluación de las solicitudes

Todas las solicitudes presentadas serán evaluadas por una Comisión que examinará la viabilidad del proyecto y su calidad. Los proyectos que obtengan mejor puntuación son los que podrán acceder a la ayuda económica.

El Órgano de Instrucción se encargará de emitir la resolución definitiva sobre la concesión o no de la subvención. 

En caso de que un solicitante obtenga la ayuda, la Fundación EOI puede hacer un seguimiento de su trabajo para comprobar que efectivamente está llevando a cabo su labor como emprendedor. Si una vez obtenida la subvención se incumplen los requisitos que llevaron a su concesión, el beneficiario tendrá que devolver íntegramente el dinero recibido.

Servicio de apoyo al emprendimiento

Red Autónomos ha diseñado un servicio de apoyo a los jóvenes que quieran aprovechar esta ayuda para iniciar su negocio. Este servicio incluye asesoramiento gratuito para evaluar la iniciativa del emprendedor/a y acceso a formación gratuita en áreas relevantes (marketing, gestión empresarial, etc).

Además, Red Autónomos ofrece a los jóvenes la tramitación total de la subvención, incluidos la redacción del plan de negocio, el alta de autónomo, los trámites relacionados a la inscripción en el Registro de Garantía Juvenil, la solicitud de la ayuda y su gestión administrativa. Si deseas más información, puedes rellenar el siguiente formulario:

Es tu momento. ¡Emprende!