¿Qué es un ERTE, cómo se tramita y qué efectos tiene?

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ERTE es el acrónimo de Expediente de Regulación de Empleo Temporal. Implica que durante un determinado tiempo el contrato de trabajo va a estar en suspenso y que, cuando desaparezca la causa que lo ha justificado, los trabajadores afectados volverán a trabajar con las mismas condiciones que tenían antes de que se produjera la suspensión.

Pero el ERTE no siempre implica interrumpir temporalmente la relación laboral, existe otra modalidad que da lugar a una reducción de jornada de entre un 10% y un 70% con respecto a la habitual.

Límites del ERTE

Lo puede practicar cualquier empresa o autónomo que tenga empleados a su cargo. No se exige que afecte a un determinado número de empleados, de hecho, podría afectar solo a algunos de los trabajadores de la empresa.

En cuanto al límite temporal, no hay una precisión legal al respecto sobre su duración máxima o mínima. Se entiende que se mantiene mientras persista la causa que ha dado lugar a él.

¿Cómo se tramita un ERTE provocado por el coronavirus?

Tras decretarse el estado de alarma el pasado 14 de marzo son muchas las empresas que han tenido que cerrar sus instalaciones o disminuir de forma notable su actividad, lo que ha dado lugar a que recurran al Expediente de Regulación de Empleo Temporal. Tanto es así que se ha creado un procedimiento exprés.

La tramitación es exactamente la misma que se sigue en un ERTE que se da en condiciones normales, pero se han acortado los plazos para que los trabajadores y las empresas puedan resolver su situación lo antes posible.

En primer lugar el empresario comunica su intención de hacer un ERTE a los trabajadores afectados y a los representantes de los trabajadores si los hubiera. Luego se elabora un informe que se remite a la Autoridad Laboral para que esta autorice la medida. La resolución administrativa se toma en un plazo de 5 días y se da traslado de la misma a los afectados.

En el caso concreto del coronavirus se entiende que las suspensiones de contratos o los ajustes de jornada vienen dados por fuerza mayor. Pero la empresa está obligada a demostrar que existe esa fuerza mayor, alegando por ejemplo que ha tenido que cerrar sus instalaciones o que no dispone de medios para garantizar la seguridad y la salud de los empleados.

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Efectos del ERTE sobre los trabajadores

El ERTE surte efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor. En caso de haberse acordado la suspensión del contrato de trabajo, el empleado afectado pasa a cobrar una prestación por desempleo. En la situación actual se ha acordado que todos los trabajadores puedan cobrar esta prestación, aunque no hayan cotizado lo suficiente para ello. 

Otra de las medidas excepcionales adoptadas en este sentido es que el tiempo que pase el trabajador cobrando la prestación no se le descontará de su derecho a la prestación por desempleo que ya ha generado.

Si lo que se acuerda es una reducción de jornada, se ajusta el salario del trabajador a las horas efectivamente trabajadas y se complementarán sus ingresos con una prestación por desempleo en proporción a las horas que ha dejado de trabajar.

Los trabajadores mantienen intactos todos sus derechos laborales, el tiempo pasado en ERTE les computa a efectos de antigüedad y no pierden su derecho a vacaciones. De igual forma, siguen devengando el derecho a cobrar las pagas extraordinarias.

Además, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha mejorado el acceso a los cursos de formación gratuita para trabajadores afectados por un ERTE. La principal novedad es que estos trabajadores podrán participar en cualquiera de los cursos online que se pfrecen sin tener que cumplir el requisito de pertenencia al sector, es decir, se abren todos los cursos de todos los sectores para que puedan ser solicitados por trabajadores afectado por ERTE (tanto los que se encuentran en suspensión de empleo, como aquellos a los que se ha aplicado una reducción de jornada).

A lo que no tiene derecho el trabajador es a cobrar una indemnización, algo que se debe a que no estamos realmente ante un despido.

Efectos del ERTE para la empresa

Al suspender los contratos de trabajo la empresa queda exonerada de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social si tiene menos de 50 trabajadores o el 75% si tiene 50 o más trabajadores.

Si ha reducido la jornada de sus empleados solo debe cotizar por las horas que efectivamente trabajen. 

A cambio de obtener estos beneficios, la empresa se compromete a mantener el mismo nivel de empleo que tenía antes de la crisis del coronavirus durante al menos seis meses una vez que la situación vuelva a la normalidad.