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El pasado 28 de febrero fue una fecha que más de 100.000 autónomos tenían marcada en rojo en sus calendarios. Porque era el día previsto para poner fin a las ayudas extraordinarias por cese de actividad después de casi dos años de pandemia.

Aunque la idea era acabar con ellas sin más, un acuerdo de última hora entre el Gobierno y los representantes de los autónomos ha dado lugar a que, durante los próximos meses, algunos profesionales que trabajan por cuenta propia puedan disfrutar de una exoneración en sus cuotas a la Seguridad Social.

¿Cuáles son las nuevas ayudas?

El Real Decreto Ley 2/2022, de 22 de febrero, se ha encargado de ampliar las prestaciones para apoyar a los autónomos que todavía están sufriendo de forma más directa las consecuencias de la crisis derivada de la pandemia.

Se mantiene la prestación extraordinaria por cierre temporal de actividad para aquellos autónomos que tengan que abordar una suspensión temporal de su actividad a consecuencia de una decisión de las Autoridades como medida para evitar la propagación de la Covid-19.

Ahora mismo ninguna Comunidad Autónoma está aplicando restricciones a la actividad que impliquen el cierre de negocios, puesto que la incidencia del virus está bajando. Pero se ha decidido dejar esta ayuda recogida en la normativa por si surgiera una nueva ola que hiciera necesario adoptar este tipo de medidas.

La otra ayuda que recoge la norma aprobada a finales de febrero es la exoneración en las cuotas de cotización para aquellos autónomos que hayan recibido alguna prestación en virtud del Real Decreto Ley 18/2021 y estuvieran cobrándola a fecha 28 de febrero de 2022.

Exención en la cotización

Esta medida se ha adoptado a fin de ponérselo un poco más fácil a aquellos autónomos que todavía no han podido volver a trabajar con normalidad. Aunque ahora ya no recibirán una prestación económica directa, sí se van a beneficiar de importantes exoneraciones en sus cuotas de cotización a la Seguridad Social durante los próximos meses.

Durante el mes de marzo la exoneración será del 90% de la cuota que corresponda pagar según la base de cotización que tuviera el autónomo antes de acogerse a la prestación por cese de actividad.

En abril la exoneración se reduce al 75% y pasa a ser de un 50% en el mes de mayo. En junio los autónomos beneficiados por esta exención se ahorrarán el 25% de la cuota.

Dicho de otra forma. En marzo se pagará un 10% de la cuota habitual de cotización, en abril un 25%, en mayo un 50% y en junio un 75%. A partir del mes de julio todos los autónomos volverán a cotizar con normalidad, pagando el 100% de la cuota que les corresponda.

Para disfrutar de esta exoneración es necesario permanecer de alta en el RETA hasta el 30 de junio de 2022. Por lo demás, no hace falta solicitarla, la Seguridad Social la aplica de forma automática a quienes tienen derecho a ella.

Prestación extraordinaria por cese de actividad 

La otra ayuda regulada en el Real Decreto Ley 2/2022, de 22 de febrero, implica cobrar un 70% de la base mínima de cotización (o un 40% si en el mismo domicilio hay dos o más personas recibiendo esta prestación). Su duración máxima será de cuatro meses. Finalizando, en todo caso, el último día del mes en que se acuerde el fin de la restricción que ha dado lugar al derecho a percibir la prestación o, en su defecto, el próximo 30 de junio.

Esta prestación será incompatible con el trabajo por cuenta ajena si los ingresos superan 1,25 veces el SMI marcado para este año.

Parece que después de dos años la pandemia nos ha dado una tregua, y los especialistas esperan que las cosas sigan mejorando con respecto a la influencia del virus y su afectación a la salud. De ahí que desde los Poderes Públicos se estén eliminando las ayudas extraordinarias asociadas a la situación pandémica. Aun así, se ha decidido mantener unos meses más estas prestaciones que hemos señalado, a fin de dar un poco más de seguridad a aquellos trabajadores por cuenta propia que están en una situación difícil.