Tras varios meses de negociaciones, la reforma laboral fue aprobada en los últimos días de 2021. Esto quiere decir que los autónomos afrontan el comienzo de este nuevo año con un nuevo reto: ajustarse a los cambios legislativos lo antes posible. Van a tener tres meses para hacerlo.
Aunque hay muchos autónomos que trabajan solos, también los hay que son empleadores, y son estos últimos los que deben prestar especial atención a los cambios que se han producido en la normativa laboral.
Los contratos por obra y servicio desaparecen
Uno de los objetivos de la reforma laboral es acabar con la temporalidad, y para lograrlo se ha decidido sacar del sistema a los contratos por obra y servicio. Porque son la modalidad contractual más utilizada y porque lo que hay detrás de ella es, con frecuencia, un intento de fraude, encubriendo lo que debería ser una relación laboral de tipo indefinido.
A partir de ahora los autónomos que deseen contratar empleados con carácter temporal podrán usar el contrato de interinidad o el de circunstancias de la producción. Eso sí, hay que tener en cuenta que el primero solo puede utilizarse en caso de sustitución de empleados que tienen derecho a que se les reserve su puesto de trabajo.
En el caso de los contratos temporales por circunstancias de la producción, su duración máxima será de seis meses prorrogables por otros seis si la razón de la contratación es un aumento ocasional e imprevisible de la producción o si se ha producido un desajuste temporal de empleo en el negocio.
La duración está limitada a 90 días cuando la causa sean situaciones ocasionales y previsibles de duración limitada. En cualquier caso, debe quedar debidamente explicada cuál es la causa que justifica la celebración de un contrato temporal por circunstancias de la producción.
Cambios en el contrato fijo-discontinuo
Otra de las novedades importantes afecta al contrato fijo-discontinuo, que ahora tendrá un mayor protagonismo en el panorama laboral. En la mayoría de los casos va a sustituir a los contratos por obra y servicio que estaban en vigor antes de la reforma laboral.
Esta modalidad contractual se aplica en trabajos o actividades que tengan una naturaleza estacional o de temporada. Pero ahora también en aquellos casos en los que la prestación del trabajo sea intermitente y tenga períodos de ejecución ciertos, sean estos determinados o indeterminados.
Cambios operados en los contratos formativos
Los contratos formativos son especialmente interesantes para los autónomos, puesto que son una buena forma de contar con talento joven y poder formar a los nuevos empleados a la medida del negocio.
Si antes la ley era más genérica con respecto a estos contratos, ahora determina la existencia de dos modalidades. El contrato de formación en alternancia y el de obtención de práctica o experiencia profesional
La primera modalidad puede celebrarse con jóvenes de hasta 30 años y tiene una duración máxima de dos años. La retribución debe adaptarse a lo dispuesto en el convenio y no podrá ser inferior al 60% durante el primer año ni inferior al 75% durante el segundo.
La segunda modalidad puede celebrarse con aquellos que hayan finalizado sus estudios en un plazo que no exceda de los tres años anteriores (cinco si se trata de personas con discapacidad).
Penalización por rescindir contratos de corta duración
Con el objetivo de reducir la temporalidad, también se ha impuesto una penalización fija por cada baja de un contrato temporal inferior a 30 días de duración. En estos casos el empleador deberá hacer una cotización extra a la Seguridad Social de 26 euros.
Sanciones más duras en caso de falsos contratos temporales
La Inspección de Trabajo va a reforzar su control sobre el uso de contratos temporales. En caso de que detecte que se están usando sin una causa bien motivada, o sin respetar los períodos máximos de duración, se impondrá una sanción al empleador.
Las infracciones en materia de falsa temporalidad llegan ahora hasta los 10.000 euros y además se impondrá una sanción por cada contrato celebrado irregularmente.
Estos son algunos de los cambios más destacables que nos deja la reforma laboral. Es importante estar al tanto de ellos porque los autónomos con empleados deben empezar a hacer cambios lo antes posible para evitarse sanciones.