Ya estamos en noviembre, un mes en el que los autónomos suelen tener bastante trabajo. Por un lado, hay que preparar las campañas de Black Friday y de Cyber Monday, así como la de Navidad y, por otro, hay que sacar algo de tiempo para elaborar la planificación del año que viene. Junto a todo esto, no hay que olvidarse de cumplir con las obligaciones tributarias.
Este mes no hay demasiadas y no afectan a todos los autónomos, pero hay que tenerlas en mente para presentar los correspondientes modelos.
Modelo 179
Si intervienes en el alquiler de viviendas con fines turísticos, trimestralmente debes declarar a Hacienda dicha actividad a través del 179. Se trata de un modelo meramente informativo del que no se deriva ninguna obligación de pago.
Se exige para que la Administración pueda tener un mayor control y conocimiento sobre los alojamientos turísticos que existen y evitar el fraude que suele asociarse a los alquileres vacacionales.
El modelo 179 no lo presentan ni el propietario del inmueble ni los huéspedes, quienes tienen la obligación de presentarlo son aquellas personas y entidades que ejercen una labor de intermediación entre cedentes y cesionarios.
Para presentar esta declaración hay que:
- Identificar al propietario de la vivienda.
- Identificar la propiedad, especificando dirección y referencia catastral.
- Reseñar el número de contrato bajo el que se alquila la propiedad.
- Indicar la fecha de inicio de la actividad de alojamiento turístico.
- Detallar los ingresos que ha obtenido el propietario por alquilar la vivienda.
- Especificar la fecha de intermediación en la operación.
- Determinar el número de días que la vivienda estuvo alquilada durante el trimestre.
- Indicar el método de pago usado en las reservas.
El plazo de presentación de la declaración venció el pasado 2 de noviembre. Si tenías que presentar el modelo 179 y no lo has hecho, preséntalo lo antes posible a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Hacer la presentación tarde, pero antes de que te lo reclame Hacienda, te evitará posibles sanciones.
Modelo 232
El plazo para presentar este modelo vence el 30 de noviembre. Se trata de una declaración informativa a través de la que los contribuyentes ponen a Hacienda al día con respecto a las operaciones y situaciones que guarden relación con países o territorios que estén considerados paraísos fiscales.
La obligación de presentación recae sobre contribuyentes del Impuesto de Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes que actúen a través de establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas, que hayan realizado operaciones vinculadas con paraísos fiscales. Entendiéndose por operaciones vinculadas todas aquellas de contenido económico que se produzcan entre entidades o personas físicas.
Conviene revisar la normativa aplicable, porque en algunos casos no hay obligación de presentar esta declaración si el importe de las operaciones no excede de una determinada cantidad.
Modelo 303
Hasta el 30 de noviembre hay tiempo para presentar el modelo 303, que se refiere al pago fraccionado del IVA. Una declaración de carácter trimestral que tiene como objetivo que el contribuyente ingrese en Hacienda el IVA correspondiente tras calcular la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado.
Pago fraccionado del IRPF
Si la declaración de la Renta de 2021 te salió a pagar y en su momento elegiste el pago fraccionado, el pasado 7 de noviembre era el último día para abonar el segundo plazo. Si no lo has hecho, salda la deuda lo antes posible para reducir el importe de los intereses de demora y de recargos que tendrás que pagar.