Tipos de IVA (actualizados a 2019)

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En el año 2012 se aprobaron las medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, entre las que se encontraba el incrementos de los tipos impositivos en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y de las retenciones practicadas a los ingresos de actividades profesionales y determinados rendimientos de trabajo.

IVA

En el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se mantuvo el tipo superreducido, y se paso del 18% al 21% en el tipo general y del 8% al 10% en el tipo reducido.

Lo más llamativo de la reforma de 2012 es que muchos bienes y servicios que tributaban al 8% pasaron al 21%, siendo los de más interés:

  • Las flores y las plantas vivas de carácter ornamental.

  • Servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos.

  • La entrada a teatros, circos y demás espectáculos, parques de atracciones y de feria, parques zoológicos, exposiciones, visitas a monumentos y parques naturales.

  • Servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte. Gimnasios. Piscinas, etc.

  • La asistencia sanitaria dental y curas termales que no gocen de exención.

  • Los servicios de peluquería.

  • Servicios de radiodifusión y televisión digital.

También fue llamativo el paso del 4% al 21% del material escolar a excepción de los libros de texto.

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Recargo de equivalencia

El recargo de equivalencia quedó fijado de la siguiente manera:

  • El 5,2 % para los artículos que tienen un IVA al tipo general del 21 %.

  • El 1,4 % para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 10 %.

  • El 0,5 % para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 4 %.

  • El 0,75 % para el tabaco.

 

Enlaces de interés: Cuadro extendido de tipos impositivos en el IVA