Retenciones del capital mobiliario

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Están obligados a presentar el modelo 123 los autónomos, pymes y Comunidades de Bienes que se hayen obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que satisfagan rentas del capital mobiliario (por ejemplo, sociedades que reparten dividendos).

La presentación e ingreso por cada mes (solo grandes empresas con facturación superior a los 6 millones de €) o trimestre del año natural, se efectuará presentando el modelo 123 “Retención e ingreso a cuenta de determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas”.

Además, se presentará un resumen de las cantidades abonadas y retenidas por este tipo de rendimientos durante el ejercicio en el modelo 193 “Resumen anual, determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas”.

Las personas físicas pueden optar por presentar el modelo de forma presencial o telemática, el resto están obligados a hacerlo a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

 

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