Ayudas para: Personas trabajadoras autónomas
Tipo de subvención : Económica
Cuantía de la subvención: Los recursos económicos que se dedicarán al desarrollo de la presente Orden ascienden a 10.500.000 euros (diez millones quinientos mil euros).
De los fondos citados se destinarán:
4.500.000 euros a las ayudas previstas en el artículo 1.a).
1.000.000 euros a las ayudas previstas en el artículo 1.b).
5.000.000 euros a las ayudas previstas en el artículo 1.c).
Gastos subvencionables: El sostenimiento de la actividad productiva durante los próximos seis meses.
La contratación de empleados/as durante un periodo mínimo de seis meses.
El reciclaje, la mejora de la cualificación profesional y la empleabilidad de aquellos que se hayan visto obligados a cesar su actividad.
Plazo para solicitar la ayuda: 19 Diciembre 2010
Quién puede solicitar la ayuda: Autónomos
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Empleo y Asuntos sociales
Ámbito de las ayudas: País Vasco
Más información: Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000