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Ayudas para el fomento y consolidación del trabajo autónomo en Andalucía

Ayudas disponibles:

Ticket del Autónomo para el inicio de la actividad.
Financiación para inicio de actividad de trabajo autónomo.
Medida para el apoyo y gestión necesarios en el ejercicio de la actividad económica.

Tipo de subvención:

Ticket del Autónomo para el inicio de la actividad.
Esta medida consiste en una ayuda económica de hasta 9.000 euros, destinada a apoyar a mujeres, jóvenes menores de treinta años y personas con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo que, encontrándose en situación de desempleo e inscritos como demandantes de empleo, inicien una actividad económica como trabajador o trabajadora autónomos. Las personas beneficiarias de esta medida deberán mantener la condición de trabajador o trabajadora autónomos al menos un año, con los requisitos que reglamentariamente se establezcan.

Medida de apoyo a la financiación para inicio de actividad de trabajo autónomo.
Esta medida tiene como objetivo apoyar a través de un sistema de financiación a las personas que, partiendo de una situación de desempleada demandante de empleo, quieran constituirse como trabajadores y trabajadoras autónomos, presenten un proyecto para la actividad económica de su iniciativa de autoempleo y cumplan con los requisitos que se establezcan en la normativa de desarrollo. Se entenderá por financiación el apoyo a la obtención del crédito sin aval o microcrédito que otorguen las entidades financieras u otras entidades colaboradoras, así como la bonificación de los tipos de interés de los instrumentos financieros ordinarios.

Medida para el apoyo y gestión necesarios en el ejercicio de la actividad económica.
Con el objeto de facilitar el ejercicio de la actividad económica al trabajador o trabajadora autónomos, se podrán conceder ayudas para la contratación de servicios externos de asesoramiento y gestión, tales como, análisis de mercado, marketing, publicidad, gestión financiera y comercial. Esta ayuda se podrá conceder desde el inicio de la actividad y hasta un máximo de 12 meses. La ayuda consistirá en una cantidad a tanto alzado cuya cuantía máxima para todo el periodo será de hasta 4.000 euros para financiar el coste de la contratación de dichos servicios a terceros.

Plazo para solicitar la ayuda: Durante todo 2010.

Quién puede solicitar la ayuda: trabajadoras y trabajadores autónomos.

Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Consejería de Empleo

Ámbito de las ayudas: Andalucía

Más información: BOJA nº 213 del 3 de noviembre de 2006, página nº 8.