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Pago Autónomos

Ayudas para: El pago del cupón de autónomos
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Se trata del abono de los seguros sociales a aquellos perceptores de prestaciones por desempleo que opten por capitalizar su prestación en un pago único para constituir su empresa, durante el tiempo que hubieran tenido derecho a la prestación
Gastos Subvencionables:
La subvención consistirá en el valor actual del importe del 50 por 100 de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización, o el 100 por 100 de la aportación del trabajador en las cotizaciones del correspondiente régimen de la Seguridad Social, durante el tiempo que se hubiera percibido la prestación por desempleo, de no haberse percibido en su modalidad de pago único
Plazo para solicitar la ayuda:
La presentación de dichos boletines de cotización, a efectos del abono de la  subvención  por la Dirección General de Empleo y Juventud de la Consejería de Empleo y Economía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, expirará una vez transcurridos seis meses contados a partir del mes objeto de subvención
Quién puede solicitar la ayuda:
Serán beneficiarios de esta subvención los trabajadores perceptores de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, que se hayan constituido en socios de una cooperativa de trabajo asociado, sociedad laboral o trabajadores autónomos discapacitados
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Consejería de Empleo y Economía de Castilla la Mancha
Ámbito de las ayudas:
Castilla la Mancha
Más información: La solicitud de la subvención se realizará, conjuntamente con la solicitud de prestación por desempleo en su modalidad de pago único, dirigida a la Directora General de Empleo y Juventud y se presentará en  los registros de las Oficinas de Empleo, de los Servicios Provinciales y de los Servicios Centrales de la Consejería de Empleo y Economía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Esta solicitud deberá ir acompañada de la documentación acreditativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social