Ayudas para: ayudas a empresas de mujeres, autónomas y mujeres que quieran constituir una empresa.
Tipo de subvención: Económica
Gastos subvencionables:
Bienes materiales:
Inversiones en bienes de equipos, instalaciones, mobiliario y equipos informáticos, incluyéndose dentro de este apartado aquellos gastos en bienes que favorezcan el desarrollo sostenible.
Adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para el desarrollo de la actividad.
Bienes inmateriales:
Servicios externos para elaboración e implantación de planes de comercialización, gastos derivados del diseño y elaboración de la imagen corporativa de la empresa, así como los relativos al diseño de marcas, anagramas, catálogos y logotipo de los productos y servicios, incluidos soportes telemáticos.
Servicios externos de elaboración e implantación de Planes de igualdad, de prevención de riesgos laborales y sistemas de calidad.
Gastos derivados de la asistencia técnica para la elaboración e implantación de los proyectos que contribuyan a la generación de empleo, la estabilidad y el crecimiento de las empresas, la cooperación entre empresas de mujeres y el desarrollo sostenible.
Gastos de realización del material de promoción exclusivamente para el lanzamiento de nuevos productos o la apertura de nuevos mercados y servicios externos para la participación en ferias siempre que se trate de la primera participación de la empresa en una determinada feria o exposición.
Adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.
Plazo para solicitar la ayuda: 2 de marzo de 2010
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Consejería para la igualdad y el bienestar social.
Ámbito de las ayudas: Andalucía
Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 21 de 2-2-2010, pg. 31