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Ayudas para: Edición de obras
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
La posición presupuestaria del presupuesto del año 2011 con cargo a la que se imputan las subvenciones que prevé este Acuerdo es la D/470000100/4420/0000, por un importe máximo de 75.000,00 euros. La dotación máxima podrá ser ampliada en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias
Gastos Subvencionables:
Edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano
Plazo para solicitar la ayuda: 28 Mayo 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
convoca el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de la Institución de las Letras Catalanas a empresas editoriales para la edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano, correspondientes al año 2011.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Secretaría de Cultura
Ámbito de las ayudas: Cataluña
Más información: RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2011  RESOLUCIÓN CLT/1007/2011, de 8 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas editoriales para la edición de obras literarias de especial interés cultural en catalán y occitano, correspondientes al año 2011.
DIARI OFICIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA del 29 de abril de 2011

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Subvención para: desarrollo e implantación de una página web cuyos contenidos versen exclusivamente sobre la actividad profesional o empresarial que el autónomo desarrolle en el Principado de Asturias.

Tipo de subvención: Económica

Cuantía de la subvención:

Hasta el 50 % del coste subvencionable, no excediendo en ningún caso la ayuda de los siguientes topes:
- Opción A: Web presencial y gastos de implantación: 500 €
- Opción B: Web dinámica y gastos de implantación: 1.000 €
- Opción C: Web dinámica con servicios de valor añadido y gastos de implantación: 1.500 €

Plazo para solicitar la ayuda: 31 de marzo de 2011.

Quién puede solicitar la ayuda: Autónomos inscritos en el régimen especial de trabajadores autónomos, que estén radicados y desarrollen una actividad económica en el territorio del Principado de Asturias.

Compatibilidad con otras ayudas o subvenciones: Esta subvención es incompatible con cualesquiera otras ayudas públicas obtenidas para el mismo fin.

Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Dirección General de Comercio, Autónomos y Economía Social.

Ámbito de las ayudas: Asturias.

Más información: BOPA nº 262, de fecha 12 de noviembre de 2009