Ayudas para: Cooperación para el desarrollo de nuevos productos
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención: Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de
12.000,00 euros en caso de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios
por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá
solicitar, como mínimo, tres ofertas de proveedores diferentes, con carácter previo
a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega
del bien, excepto cuando por las especiales características de los gastos subvencionables
no exista en el mercado un número suficiente de entidades que lo
suministren o presten, o excepto cuando el gasto se haya realizado con anterioridad
a la solicitud de subvención, cuando así se haya establecido.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse a la justificación
o, en su caso, a la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios
de eficiencia y economía, con la justificación expresa en una memoria de
la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Gastos subvencionables: Desarrollo de tecnología correspondiente
Plazo para solicitar la ayuda: 3Diciembre 2010
Quién puede solicitar la ayuda: Personas Físicas o Jurídicas
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Consejería de Presidencia
Ámbito de las ayudas: Islas Baleares
Más información: Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 17 de diciembre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears