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Ayudas a las explotaciones ganaderas

Ayudas para: explotaciones ganaderas donde se sacrifiquen animales enfermos
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Presupuesto total de 20.000 euros

Gastos Subvencionables:
Será objeto de subvención el coste total de los intereses y de las comisiones de apertura de los créditos concedidos de conformidad con los Convenios de colaboración financiera suscritos entre la Consejería de Agricultura y Agua y diversas Entidades financieras, para el anticipo del importe de la indemnización por sacrificio de ganado afectado por enfermedades incluidas en programas de lucha y erradicación, siempre y cuando el número de animales sacrificados sea superior a 10 y la cuantía de la indemnización superior a 600 €.En cualquier caso, la cuantía máxima de la ayuda será la fijada en el artículo 5 de las bases reguladoras.
Plazo para solicitar la ayuda:
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, contados a partir de la fecha en que se produzca el sacrificio obligatorio de los animales.
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán acceder a estas ayudas los beneficiarios previstos en el artículo 4 de las bases reguladoras de estas subvenciones, siempre que se trate de titulares de explotaciones ganaderas en los que se hayan sacrificado animales como consecuencia de programas de lucha y erradicación y que hayan suscrito con la entidad financiera correspondiente el préstamo para anticipo del importe de la indemnización por sacrificio.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Consejería de Agricultura y Agua
Ámbito de las ayudas:
Murcia
Más información: Orden de 11 de marzo de 2013, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2013 de las ayudas a las explotaciones ganaderas donde se sacrifiquen animales enfermos, debido a la aplicación de programas de lucha y erradicación de enfermedades infectocontagiosas. BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA del 15 de marzo de 2013.