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Incentivos agroindustriales extremeños (2007-2013)

Inicio convocatoria: 01/01/2007 Final convocatoria: 31/12/2013

Ayudas para: empresas del sector agroindustrial que realicen inversiones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante los siguientes proyectos:
1. creación de nuevas empresas.
2. ampliación-modernización de centros productivos existentes.
3. traslado de centros productivos existentes.

Tipo de subvención: Subvención a fondo perdido

Cuantía de la subvención: Ayuda máxima: 50,00 %

Gastos subvencionables:

Serán subvencionables: terrenos; edificios (traídas y acometidas de servicios; urbanización adecuadas a las necesidades del proyecto; obra civil en oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal; adquisición de inmuebles industriales de nueva planta nuevos necesarios para la actividad); equipamiento (bienes de equipo en maquinaria de proceso); otras inversiones (programas informáticos; trabajos de ingeniería de proyectos y de dirección facultativa de los trabajos relativos a la legalización de las instalaciones objeto de inversión ante organismos oficiales).
NO serán subvencionables: edificios (adquisición de inmuebles considerados viviendas; obras de embellecimiento y equipos de recreo); equipamiento (elementos de transporte exterior; material normalmente amortizable en un año); adquisición de terrenos y/o edificios; inversiones realizadas mediante fórmulas de arrendamiento financiero (leasing); adquisiciones de bienes; IVA y otros impuestos; gastos financieros ocasionados por el desarrollo del proyecto; inversiones sobre las que exista contrato privado de compraventa; inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria.

Plazo para solicitar la ayuda: el plazo estará abierto durante todo el ejercicio para aquellos proyectos de inversión subvencionable inferior a 600.000 euros.
Para proyectos de cuantía igual o superior a la expresada, el plazo de solicitud estará abierto durante todo el año.

Quién puede solicitar la ayuda: personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, así como sociedades civiles que gocen de personalidad jurídica propia.
NO serán beneficiarios las empresas públicas, o participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho público y las empresas que tengan por actividad la gestión de un servicio público a sí como las inversiones promovidas en el sector de la pesca y la acuicultura.

Restricciones: se considerarán subvencionables las inversiones dedicadas a la transformación y comercialización, salvo los de la pesca y la acuicultura.
El proyecto deberá financiarse al menos en un 25% por parte del promotor del proyecto sin ningún tipo de ayuda pública.

Compatibilidad con otras ayudas o subvenciones: estas ayudas son incompatibles con ayudas cofinanciadas con el FEDER y FEOGA, asimismo son incompatibles con las programas LEADER y PRODER.
NOTA INTERNA: estas ayudas estarán cofinanciadas por el FEADER.

Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Cnj. Economía, Comercio e Innovación / Junta de Extremadura

Ámbito de las ayudas: Extremadura, España