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Ayudas para la Transformación y Comercialización de productos derivados de la pesca

Ayudas para: Transformación y Comercialización de los productos de la pesca
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Para la concesión de las presentes ayudas se establece un crédito presupuestario de 6.000.000 €, con cargo al concepto presupuestario 1805-712D-773.013, de los que 3.400.000 € lo son con cargo a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias del ejercicio 2011, y 2.600.000 € serán con cargo al ejercicio 2012, por los importes máximos que se establecen a continuación:
— Acuicultura: 2.500.000 euros (1.400.000 euros con cargo al presente ejercicio, y 1.100.000 euros con cargo al ejercicio 2012).
— Transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura: 3.500.000 € (2.000.000 de euros con cargo al ejercicio 2011, y 1.500.000 euros con cargo al ejercicio 2012).
Gastos Subvencionables:
Podrán ser objeto de subvención aquellos gastos de inversión efectivamente pagados por la persona beneficiaria con anterioridad a la finalización del plazo de justificación siempre que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la operación subvencionada.
Plazo para solicitar la ayuda: 19 Abril 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Tendrá la consideración de beneficiario/a de la ayuda, la persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, y que cumpla los requisitos generales establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras de las presentes ayudas. Artículo 3 de las Bases Reguladoras: Artículo 3.—Beneficiarios/as y requisitos Tendrá la consideración de beneficiario/a de la ayuda, la persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, según las presentes bases, y que cumpla los siguientes requisitos generales: ?1. Inexcusablemente, las subvenciones se destinarán a establecimientos ubicados o que pretendan ubicarse en el Principado de Asturias. ?2. El solicitante deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles. ?3. No estar incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. ?4. Tener la condición de microempresa, pequeña o mediana empresa, de conformidad con lo establecido en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 (DOCE N.º L 124 de 20-05-2003), o bien tener menos de 750 empleados o un volumen de negocios inferior a 200 millones de euros. ?5. Cuando los solicitantes de las ayudas sean comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas, deberán nombrar un representante o apoderado con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiarios, corresponda a dicha comunidad de bienes. ?6. Tener un capital social escriturado de al menos un 10% de la inversión para la que se solicita la ayuda, un activo empresarial equivalente, u ofrecer garantía suficiente de viabilidad técnica y económica
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Consejería de Medio Rural y Pesca
Ámbito de las ayudas: Principado de Asturias
Más información: RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2011  Resolución de 14 de marzo de 2011, de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas públicas al sector pesquero del Principado de Asturias, dirigidas a la acuicultura, transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, dentro del Eje 2 del marco FEP, para el ejercicio 2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (BOPA) del 19 de marzo de 2011