Ayudas para:
Tipo de subvención: Promoción del Comercio
Cuantía de la subvención: Dependerá en concreto de cada caso
Gastos subvencionables: Derivados de promoción del comercio
Plazo para solicitar la ayuda: 5 Noviembre 2010
Quién puede solicitar la ayuda: Podrán solicitar las ayudas previstas en la presente Orden: 1.- Las organizaciones tractoras que tengan entre sus objetivos la promoción de la calidad y la excelencia comercial y tengan un alto grado de representatividad sectorial, de modo que garanticen un alto poder de convocatoria y liderazgo. A los efectos de esta Orden se consideran organizaciones tractoras: a) Las Asociaciones, agrupaciones y organizaciones empresariales de comerciantes que desarrollen su actividad en los tres Territorios Históricos de la Comunidad del País Vasco y cuenten con los medios adecuados para desempeñar esta tarea. b) Las Asociaciones, agrupaciones y organizaciones empresariales de comerciantes que desarrollen su actividad en los tres Territorios Históricos de la Comunidad del País Vasco, tengan una experiencia mínima de 3 años en el desarrollo de proyectos de calidad y cuenten con los medios adecuados para desempeñar la tarea. c) Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y, en su caso, de Navegación, de los tres Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. 2.- Las organizaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que tengan como objetivo la promoción de la calidad y la excelencia empresarial y una experiencia acumulada, en el desarrollo de planes de calidad, de al menos 10 años. La concesión y, en su caso, el pago de las ayudas reguladas en la presente Orden quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza, concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación. No podrán concurrir a las ayudas reguladas en la presente Orden aquellas personas, empresas o entidades que se hallen sancionadas administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, ni las que estén incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley para la igualdad de Mujeres y Hombres.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Departamento de Innovación Comercio y Turismo
Ámbito de las ayudas: País Vasco
Más información: RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2010 RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2010, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas a la promoción de calidad y la excelencia en el comercio, para el ejercicio 2010.
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO (BOPV) del 5 de octubre de 2010