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Ayudas para el fomento de la creación y expansión de cadenas sucursalistas, de la mejora de los establecimientos comerciales y de su imagen, en desarrollo del Plan Ágora en Galicia

Ayudas para: Mejora de establecimientos comerciales en galicia

Tipo de subvención: Económica

Cuantía de la subvención: Según el artículo 29.3º de la Ley 9/2007, de 13 de
junio, de subvenciones de Galicia, cuando el importe
del gasto subvencionable supere la cuantía de
30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución
de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro
de bienes de equipo o prestación de servicios
por empresas de consultoría o asistencia técnica, el
beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres
ofertas de diferentes proveedores

Gastos subvencionables: Gastos previstos para la realización
de cada una de las actividades o adquisiciones
para las cuales se solicita subvención


Plazo para solicitar la ayuda: 23 Julio 2010

Quién puede solicitar la ayuda: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de las actuaciones subvencionables señaladas en el artículo 1.3º apartados 1º) y 2º), sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, los comerciantes minoristas, ya sean personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos: a) Que desarrollen su actividad comercial en Galicia y, asimismo, su domicilio social y fiscal radique en la dicha comunidad autónoma. b) Que, teniendo la condición de pyme conforme a los requisitos establecidos por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003 (DOUE 124, del 20 de mayo, p. 36), empleen menos de veinte (20) trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial segundo la normativa aplicable. c) Que su actividad principal se corresponda con las actividades del CNAE-2009 aprobada por el Real decreto 475/2007, de 13 de abril, que se relacionan en el anexo VII. En caso de que el solicitante esté dado de alta en dos o más actividades del CNAE, se entenderá como actividad principal aquella que comporte la mayor facturación y, si no es posible determinarlo, se atenderá a la superficie de venta destinada a cada actividad.

Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Consejería de Economía e Industria

Ámbito de las ayudas: Galicia

Más información: ORDEN de 3 de junio de 2010 Orden de 3 de junio de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para el fomento de la creación y expansión de cadenas sucursalistas, de la mejora de los establecimientos comerciales y de su imagen, en desarrollo del Plan Ágora, agora Re-comercia, y se procede a su convocatoria para el año 2010. (Código de procedimiento IN217A-presentación electrónica).
DIARIO OFICIAL DE GALICIA (DOG) del 23 de junio de 2010