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Ayudas en forma de préstamos bonificados destinados a apoyar planes de renovación y modernización de destinos turísticos maduros en Principado de Asturias

Ayudas para: Préstamos bonificados destinados a apoyar planes de renovación y modernización de destinos turísticos maduros

Tipo de subvención: Económica

Cuantía de la subvención: Podrán ser objeto de financiación con cargo a los préstamos bonificados los proyectos de inversión públicos que se desarrollen en el ámbito territorial de una entidad local siempre que, en dicho ámbito, haya inversiones del sector turístico privado que se desarrollen paralelamente a las públicas y cuya cuantía neta represente como mínimo el 30 por ciento del importe que se pretende financiar

Gastos subvencionables: Financiación de Bienes a reformar

Plazo para solicitar la ayuda: 30 Octubre 2010

Quién puede solicitar la ayuda: Beneficiarios y características de la línea de financiación. 1. Con carácter general, podrán ser beneficiarios de estos préstamos las entidades locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 abril, de Bases del Régimen Local, los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales locales y las sociedades mercantiles locales. Los préstamos podrán alcanzar un importe del 100 por ciento de la inversión neta financiable, con un límite máximo de 6 millones de euros y un mínimo de 300.000,00 euros por beneficiario y año. 2. Según la Disposición Adicional Única, apartado 2 del R.D. 937/2010, de 23 de julio, conforme a lo establecido en la Orden ITC/1823/2009, de 3 de julio (BOE del 8 de julio de 2009), los préstamos se concederán al tipo de interés fijo del 0,50% y serán reembolsables en un plazo de entre uno y quince años, con un período máximo de carencia de cinco años. 3. No podrán tener la condición de beneficiarios las entidades en las que concurran alguna de las circunstancias enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Consejería de Cultura y Turismo

Ámbito de las ayudas: Principado de Asturias

Más información:
El original de todas las solicitudes y documentación que las acompaña, a la Dirección General de Turismo y Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo (c/ Eduardo Herrera “Herrerita” s/n, 1.ª planta, 33006-Oviedo). Y copia de todas las solicitudes y documentación que las acompaña, a la Secretaría de Estado de Turismo (FOMIT, c/ José Lázaro Galdiano 6, 6.ª planta, 28071-Madrid). El solicitante deberá remitir a la Dirección General de Turismo y Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo (c/ Eduardo Herrera “Herrerita” s/n, 1.ª planta, 33006-Oviedo) copia del impreso de solicitud, sellado y datado por la entidad bancaria mediadora, y del resto de documentación presentada. El plazo para cumplimentar esta remisión finaliza el día 15 de noviembre de 2010