91 197 67 48    hola@redautonomos.es

Banner Cursos Red Autónomos

Ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo

Ayudas para: El fomento del empleo
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
- Al menos 12 meses de inscripción, así como menores de 25 años
provenientes de centros de protección de menores de la Generalitat: la
ayuda ascenderá a 4.000 euros; 5.000 euros en el caso de las mujeres.
- Al menos seis meses de inscripción: la ayuda ascenderá a 3.000
euros; 3.750 euros en el caso de las mujeres.
- Al menos tres meses de inscripción: la ayuda ascenderá a 2.000
euros; 2.500 euros en el caso de las mujeres.
-Los contratos fijos discontinuos a jornada completa se subvencionarán
con el 25% de los importes indicados en el apartado anterior.
- Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables si tienen
una duración de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional
de la cuantía de la ayuda.
- Se incrementará un 30% la cuantía de las ayudas en el caso de
contrataciones como personal investigador para el desarrollo de programas
de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la
atención de personas mayores y dependientes, contrataciones vinculadas
directamente al ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a
las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio
ambiente o prevención de riesgos laborales, así como las contrataciones
de jóvenes menores de 25 años que provengan de centros de protección
de menores de la Generalitat
Gastos subvencionables:
-contratos a tiempo parcial
-contrataciones como personal investigador para el desarrollo de programas
-Los contratos a tiempo parcial
Plazo para solicitar la ayuda: 30 Septiembre 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Beneficiarios 1. En calidad de empleadoras podrán ser beneficiarias: a) Con carácter general, las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana. b) En caso de las ayudas por contratación indefinida de personas con discapacidad y adaptación del puesto de trabajo, cualquier empleador, incluidas las cooperativas de trabajo asociado que incorporen como socios a trabajadores con discapacidad. Los trabajadores con discapacidad contratados podrán beneficiarse de la ayuda por adaptación de puesto si no la hubiera solicitado su empleador. 2. Los trabajadores que dejen de prestar servicios en la empresa o disminuyan su jornada laboral, en los casos previstos en los capítulos IV a VI del título V. 3. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Ámbito de las ayudas: Comunidad Valenciana
Más información: ORDEN de 30 de diciembre de 2010  ORDEN 60/2010, de 30 de diciembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan las ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creación de empleo para el ejercicio 2011.
DIARI OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA (DOGV) del 18 de enero de 2011