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Ayudas para el 2014 del Programa de Creación de Empresas Innovadoras. Área 2. Nuevas empresas innovadoras

Ayudas para: Ayudas e incentivos para el año 2014 del Programa de Creación de Empresas Innovadoras. Área 2. Nuevas empresas innovadoras
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención: El importe máximo de subvención por empresa ascenderá a 70.000 euros.
En caso de que la empresa tenga de diez a quince personas empleadas, los importes máximos de subvención establecidos en los apartados anteriores se ampliarán hasta un máximo del 30%, con el límite de 91.000 euros.
En caso de que la empresa tenga más de quince personas empleadas, los importes máximos de subvención establecidos en los apartados anteriores se ampliarán hasta un máximo del 50%,con el límite de 105.000 euros.
Gastos Subvencionables:
Se subvencionará hasta el 30% del capital social desembolsado en metálico, con un importe máximo de 20.000 euros por empresa.
Se subvencionará hasta el 60% y con un importe máximo de 10.000 euros la elaboración de un plan de marketing para la empresa.
Se subvencionará hasta el 60% de los siguientes gastos, con un importe máximo de 25.000 euros por los tres conceptos siguientes:
- Gastos de puesta en marcha y gastos de campaña de lanzamiento. El importe máximo de la subvención por este concepto será de 15.000 euros.
- Renta por arrendamiento de local de negocio. El importe máximo de la subvención por este concepto será de 15.000 euros.
- Protección de propiedad intelectual y/o industrial. El importe máximo de la subvención por este concepto será de 15.000 euros.
Se subvencionará hasta el 60% de los siguientes gastos, con un importe máximo de 40.000 euros por los dos conceptos siguientes:
- Contratación de un doctor o doctora y/o tecnólogo o tecnóloga, en exclusiva para las nuevas empresas consideradas prioritarias o de alto potencial de crecimiento según el artículo 2, apartado
- Contratación de una persona desarrolladora del negocio en el ámbito internacional.
Plazo para solicitar la ayuda:
Del 1 de abril al 30 de junio de 2014
Quién puede solicitar la ayuda:
Las empresas innovadoras que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas a fecha de presentación de la solicitud como sociedad mercantil o cooperativa.
- Haber iniciado su actividad con posterioridad al 1 de enero de 2013, según fecha de alta en el IAE.
- Tener creados dos puestos de trabajo a jornada completa a fecha de presentación de la solicitud y mantenerlos hasta un año después del pago de la subvención.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Diputación Foral de Bizkaia
Ámbito de las ayudas:
Vizcaya (País Vasco)
Más información: Boletín Oficial de Bizkaia número 235 de 10 de diciembre de 2013.