Ayudas para: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Los créditos presupuestarios destinados en la presente Orden, procedentes del correspondiente crédito presupuestario establecido al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ascienden a ocho millones (8.000.000) de euros, de los cuales 800.000 euros corresponden a crédito de pago para el año 2011, y el resto a créditos de compromiso hasta el año 2018
Gastos Subvencionables:
Los gastos ocasionados por distintos aspectos basados en el desarrollo, la investigación y la innovación en las nuevas tecnologías
Plazo para solicitar la ayuda:
Desde el 19 de marzo de 2011 - Hasta el 31 de diciembre de 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán ser beneficiarios de los anticipos reintegrables previstos en el presente Decreto, las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de empresas de los sectores agrario pesquero y alimentario, así como las empresas tecnológicas o de servicios, sean personas físicas o jurídicas, que desarrollen proyectos para dichos sectores, todos ellos del sector privado.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Ámbito de las ayudas: País Vasco
Más información: ORDEN de 2 de marzo de 2011 ORDEN de 2 de marzo de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se da publicidad al inicio de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Decreto 230/2004, de 23 de noviembre, de apoyo a la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Ikerketa) para el ejercicio 2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO (BOPV) del 18 de marzo de 2011
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Los créditos presupuestarios destinados en la presente Orden, procedentes del correspondiente crédito presupuestario establecido al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ascienden a ocho millones (8.000.000) de euros, de los cuales 800.000 euros corresponden a crédito de pago para el año 2011, y el resto a créditos de compromiso hasta el año 2018
Gastos Subvencionables:
Los gastos ocasionados por distintos aspectos basados en el desarrollo, la investigación y la innovación en las nuevas tecnologías
Plazo para solicitar la ayuda:
Desde el 19 de marzo de 2011 - Hasta el 31 de diciembre de 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán ser beneficiarios de los anticipos reintegrables previstos en el presente Decreto, las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de empresas de los sectores agrario pesquero y alimentario, así como las empresas tecnológicas o de servicios, sean personas físicas o jurídicas, que desarrollen proyectos para dichos sectores, todos ellos del sector privado.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
Ámbito de las ayudas: País Vasco
Más información: ORDEN de 2 de marzo de 2011 ORDEN de 2 de marzo de 2011, de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se da publicidad al inicio de presentación de solicitudes de las ayudas previstas en el Decreto 230/2004, de 23 de noviembre, de apoyo a la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Ikerketa) para el ejercicio 2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO (BOPV) del 18 de marzo de 2011